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    Matrimonio de Menores de Edad en Chile: Autorización Judicial para Casarse

    ¿Puede un menor de 18 años casarse legalmente en Chile?

    El matrimonio de menores de edad en Chile está permitido excepcionalmente desde los 16 años, pero requiere autorización judicial expresa y consentimiento de los padres o representantes legales, conforme a las reglas establecidas en la Ley de Matrimonio Civil.

    La regla general en Chile, desde la entrada en vigencia de la Ley 21.515 en 2022, es que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años. Sin embargo, la ley contempla una excepción: los mayores de 16 años pueden casarse si obtienen autorización judicial. Esta reforma eliminó la posibilidad que existía anteriormente de que menores de 16 años se casaran, como una medida de protección contra los matrimonios infantiles y forzados.

    Para obtener la autorización judicial, los menores deben presentar una solicitud ante el tribunal de familia, exponiendo los motivos por los cuales desean contraer matrimonio antes de la mayoría de edad. El juez evaluará si existen razones fundadas y, sobre todo, si el matrimonio es voluntario y no obedece a presiones familiares o de otra índole. Además, los padres o representantes legales deben prestar su consentimiento; si se niegan sin causa justificada, el juez puede suplir su autorización.

    Requisitos para que un Menor de Edad Pueda Casarse

    Los requisitos son acumulativos, es decir, deben cumplirse todos simultáneamente. Primero, ambos contrayentes deben tener al menos 16 años cumplidos. Segundo, deben contar con la autorización de sus padres o representantes legales, o del tribunal en subsidio. Tercero, deben demostrar que el matrimonio es una decisión libre, voluntaria y reflexionada. Y cuarto, deben acreditar que no existe ningún impedimento legal para casarse (parentesco cercano, matrimonio anterior no disuelto, etc.).

    El juez de familia examinará cuidadosamente cada caso. Deberá entrevistar a ambos contrayentes por separado y juntos, podrá solicitar informes psicosociales, y deberá convencerse de que ambos comprenden plenamente los derechos y obligaciones que el matrimonio implica. Si el juez detecta que el matrimonio busca encubrir una situación de abuso, violencia o explotación, deberá denegar la autorización y, si corresponde, derivar los antecedentes a las autoridades competentes para su protección.

    Pasos para Obtener la Autorización Judicial de Matrimonio de Menores

    1. Paso 1 – Verificar el cumplimiento de los requisitos de edad: Ambos contrayentes deben tener al menos 16 años. Si uno de ellos es mayor de edad, igualmente se requiere autorización judicial para el menor, pero los trámites son más simples porque solo uno necesita la autorización.
    2. Paso 2 – Obtener el consentimiento de los padres: Los padres de ambos menores deben manifestar su consentimiento por escrito. Si uno de los padres se niega sin causa justificada, puede solicitarse al tribunal que supla la autorización faltante.
    3. Paso 3 – Presentar la solicitud ante el Juzgado de Familia: Con patrocinio de abogado, se presenta una solicitud de autorización judicial para contraer matrimonio, exponiendo los motivos y acompañando los documentos que acrediten la edad y el consentimiento parental.
    4. Paso 4 – Audiencia y entrevista con el juez: El tribunal cita a una audiencia en la que el juez entrevista a los contrayentes, verifica la voluntariedad del matrimonio y evalúa si existen motivos fundados para autorizarlo. Puede solicitar informes psicosociales adicionales.
    5. Paso 5 – Resolución judicial y celebración del matrimonio: Si el juez autoriza el matrimonio, dicta una resolución que permite su celebración en el Registro Civil. Sin esta autorización, el Registro Civil no podrá celebrar el matrimonio.
    Cambio introducido por la Ley 21.515: Antes de diciembre de 2022, era posible que menores de 16 años contrajeran matrimonio con autorización judicial, y no existía una edad mínima absoluta. La Ley 21.515, conocida como “Ley Antonia”, eliminó esta posibilidad y estableció los 16 años como edad mínima absoluta para casarse, incluso con autorización judicial. Esta reforma buscó erradicar los matrimonios infantiles y proteger a niños, niñas y adolescentes de uniones forzadas o prematuras que vulneraban sus derechos fundamentales.

    Para entender mejor los regímenes patrimoniales que pueden pactar los contrayentes, revisa nuestra guía sobre Separación Total de Bienes en Chile. También te puede interesar conocer cómo funcionan las Capitulaciones Matrimoniales.

    La Ley 19.947 de Matrimonio Civil y la Ley 21.515 están disponibles en la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN).

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    Preguntas frecuentes sobre Matrimonio de Menores de Edad

    1. ¿Cuál es la edad mínima absoluta para casarse en Chile?

    Desde la entrada en vigencia de la Ley 21.515, la edad mínima absoluta es de 16 años, y solo con autorización judicial. Antes de los 16 años, el matrimonio está absolutamente prohibido, sin excepción alguna.

    2. ¿Puede el juez negar la autorización aunque los padres estén de acuerdo?

    Sí. El consentimiento de los padres es necesario pero no vinculante para el juez. Si el tribunal estima que el matrimonio no es voluntario o que existen circunstancias que lo hacen inconveniente para el menor, puede denegar la autorización.

    3. ¿Un menor de 18 años puede celebrar un Acuerdo de Unión Civil?

    No. La Ley 20.830 exige ser mayor de edad para celebrar un AUC, sin excepción. Solo el matrimonio permite la excepción de los 16 años con autorización judicial.

    4. ¿Qué pasa si un menor se casa sin autorización judicial?

    El matrimonio es nulo. El Registro Civil simplemente no celebrará el matrimonio si no se acredita la autorización judicial tratándose de menores de 18 años.

    5. ¿Los padres del menor pueden oponerse y cómo se resuelve?

    Si los padres se oponen, el menor puede solicitar al juez que supla la autorización. El tribunal evaluará si la oposición tiene causa justificada. Si es injustificada, el juez puede autorizar el matrimonio de todas formas.

    6. ¿Puede un menor de 18 años casado administrar sus bienes libremente?

    El matrimonio no emancipa automáticamente en Chile. La emancipación por matrimonio existe, pero el menor casado sigue teniendo ciertas limitaciones para administrar bienes raíces y comparecer en juicio sin autorización especial.

    Contenido meramente formativo. La información aquí proporcionada no constituye asesoría legal y puede no estar actualizada. Para resolver tu caso concreto, consulta con un abogado especialista en derecho de familia.