Pensión de Alimentos
Demanda, aumento, rebaja, cobro y apremios por pensión impaga ante el Juzgado de Familia de Osorno.
Pensión de alimentos en OsornoLitigamos ante el Juzgado de Familia de Osorno y los tribunales de la provincia en divorcios, pensión de alimentos, cuidado personal, relación directa y regular, violencia intrafamiliar y medidas de protección.
Lograron la pensión de alimentos para mi hija en tiempo récord ante el tribunal. Servicio impecable.
— Javiera Uribe, OsornoCuéntenos su caso en pocas líneas: pensión de alimentos, divorcio, cuidado personal o violencia intrafamiliar.
Sus datos están protegidos bajo secreto profesional.
Representación ante el tribunal que corresponda a su comuna, con presupuesto cerrado desde el inicio.
Demanda, aumento, rebaja, cobro y apremios por pensión impaga ante el Juzgado de Familia de Osorno.
Pensión de alimentos en OsornoDivorcios de mutuo acuerdo, unilaterales y por culpa ante el Juzgado de Familia de Osorno y los tribunales de la provincia.
Divorcio en OsornoRegulación y cumplimiento de la relación directa y regular para que pueda ver a sus hijos sin obstáculos.
Régimen de visitasDenuncia y medidas cautelares urgentes por violencia intrafamiliar (VIF) ante el Juzgado de Familia de Osorno.
Violencia intrafamiliarSolicitud urgente de medidas cautelares para proteger a niños y adultos en riesgo en Osorno y la provincia.
Medidas de protecciónAutorización judicial para que un niño, niña o adolescente salga del país cuando uno de los padres no la otorga.
Autorización de salidaLiquidación de la sociedad conyugal y acuerdos sobre deudas comunes tras la separación.
Liquidación de bienes¿Necesita hablar hoy con un abogado de familia en Osorno? Respondemos su consulta el mismo día, por WhatsApp o por teléfono.
Llamar al +56 9 5113 2434Dependen del tipo de causa y su complejidad: un divorcio de mutuo acuerdo cuesta menos que un juicio de cuidado personal con prueba. Entregamos presupuesto cerrado y por escrito antes de iniciar, sin costos ocultos.
Valor definido por escrito antes de empezar. Sin sorpresas ni cobros adicionales.
Facilidades de pago ajustadas a su caso y a su realidad económica.
Evaluamos su caso por WhatsApp y lo orientamos gratis, sin compromiso.
¿Necesita estimar una pensión de alimentos antes de demandar? Use nuestra calculadora, actualizada al ingreso mínimo vigente ($553.553) y a la Ley 14.908.
Calculadora de pensión de alimentos 2026Casos reales resueltos en Osorno y en el resto de la región.
Lograron la pensión de alimentos para mi hija en tiempo récord ante el tribunal. Servicio impecable.
Necesitaba medidas de protección urgentes y en menos de un día el tribunal las decretó. Todo salió bien gracias a su gestión.
Vivo en Purranque y gestionaron todo por videollamada. Obtuve mi régimen de visitas sin contratiempos.
Mi divorcio de mutuo acuerdo se resolvió sin audiencias presenciales. Muy profesionales de principio a fin.
Me orientaron para regularizar las visitas con mi hijo. Ahora todo está formalizado ante el tribunal.
Tramitaron la autorización para viajar al extranjero con mi hijo. Rápido y sin burocracia innecesaria.
Cobraron una pensión atrasada de casi dos años y lograron inscribir al deudor en el registro nacional.
Como abuela conseguí un régimen de relación con mis nietos. Me explicaron cada paso con paciencia.
Vivo en Puyehue y tramitaron mi divorcio unilateral sin que tuviera que viajar una y otra vez.
Me defendieron en un caso complejo de cuidado personal y obtuvieron una sentencia favorable. Los recomiendo totalmente.
El Juzgado de Familia de Osorno se ubica en O'Higgins N° 538, Osorno y tiene competencia sobre las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa. Las apelaciones de sus causas las resuelve la Corte de Apelaciones de Valdivia. Litigamos ante ese tribunal y atendemos causas en toda la Región de Los Lagos.
¿Vive en Purranque, Río Negro, Puerto Octay o San Juan de la Costa? No necesita viajar a Osorno. La demanda se presenta por la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial y muchas audiencias se realizan por videoconferencia. La mediación previa en alimentos, cuidado personal y visitas también puede hacerse a distancia.
Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa dependen del Juzgado de Familia de Osorno. Purranque y Río Negro tienen su propio tribunal de competencia común.
| Si vive en… | Su causa la conoce | Norma |
|---|---|---|
| Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay, San Juan de la Costa | Juzgado de Familia de Osorno | Ley 19.968, art. 4 |
| Purranque, Río Negro | Juzgado de Letras de Río Negro | COT, art. 37 |
| Puerto Varas, Llanquihue, Frutillar, Fresia | Juzgado de Familia de Puerto Varas | Ley 19.968, art. 4 |
Las apelaciones de los tribunales de la provincia de Osorno las resuelve la Corte de Apelaciones de Valdivia, cuyo territorio comprende la Región de Los Ríos y la provincia de Osorno. Las de Puerto Varas, Llanquihue, Frutillar y Fresia las ve la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que abarca las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena (artículo 55 del Código Orgánico de Tribunales). Tramitamos causas ante cualquiera de ellos.
Respuestas breves basadas en la ley vigente y en los tribunales de la región.
Según el artículo 8 de la Ley 19.968, los juzgados de familia conocen, entre otras materias, el cuidado personal de niños, niñas y adolescentes, la relación directa y regular (visitas), los alimentos, la patria potestad, la filiación, la adopción, la autorización de salida del país, las medidas de protección, la violencia intrafamiliar, la separación judicial de bienes, los bienes familiares y las acciones de separación, nulidad y divorcio. Si vive en Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay o San Juan de la Costa, todas esas causas se presentan ante el Juzgado de Familia de Osorno. Vea nuestros servicios.
En O'Higgins N° 538, Osorno. Su competencia, fijada por el artículo 4 de la Ley 19.968, comprende las comunas de Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay y San Juan de la Costa. Los escritos se presentan por la Oficina Judicial Virtual y muchas audiencias pueden realizarse por videoconferencia. Puede revisar los tribunales en el sitio del Poder Judicial.
El artículo 4 de la Ley 19.968 asigna esas cuatro comunas al Juzgado de Familia de Puerto Varas. Esas comunas están en la provincia de Llanquihue, así que sus apelaciones las resuelve la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y no la de Valdivia (artículo 55 del Código Orgánico de Tribunales). Tramitamos causas ante ese tribunal y ante los de la provincia de Osorno, casi siempre sin que usted tenga que viajar. Más en Puerto Varas, Llanquihue, Frutillar y Fresia.
La Corte de Apelaciones de Valdivia. Según el artículo 55 del Código Orgánico de Tribunales, su territorio comprende la Región de Los Ríos y también la provincia de Osorno, de modo que ahí se apelan las resoluciones del Juzgado de Familia de Osorno y de los juzgados de letras de la provincia. Las causas de Puerto Varas, Llanquihue, Frutillar y Fresia, en cambio, se apelan ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que abarca las provincias de Llanquihue, Chiloé y Palena. Información en el sitio del Poder Judicial.
Sí. El artículo 106 de la Ley 19.968 exige mediación previa en las causas de alimentos, cuidado personal y relación directa y regular, aunque se discutan dentro de un divorcio. No se exige si el mismo conflicto ya pasó por un mediador inscrito o si existe un acuerdo privado, ni cuando esas materias se tratan en un divorcio por culpa del artículo 54 de la Ley de Matrimonio Civil. Si la mediación fracasa, se entrega un certificado para demandar. Centros en mediacionchile.gob.cl.
Se debe acreditar al menos un año de cese de convivencia y presentar un acuerdo que regule de forma completa y suficiente las relaciones entre los cónyuges y las relativas a los hijos (artículo 55 de la Ley de Matrimonio Civil). Con los antecedentes en orden suele resolverse en unos dos a cuatro meses, según la carga del tribunal, y muchas veces sin audiencia presencial. Más en divorcio de mutuo acuerdo en Osorno.
Por un hijo, la pensión no puede ser inferior al 40 % del ingreso mínimo mensual; si son dos o más, al 30 % por cada uno (artículo 3 de la Ley 14.908). Con el ingreso mínimo de $553.553 vigente desde mayo de 2026 para personas de entre 18 y 65 años, eso equivale a unos $221.421 por un hijo o $166.066 por cada hijo. El tribunal fija el monto según las necesidades del niño y la capacidad económica de quien paga. Calcule su caso en la calculadora de pensión de alimentos.
Se puede pedir la liquidación de la deuda y apremios como el arresto nocturno, el arraigo nacional, la retención de la devolución de impuestos y la suspensión de la licencia de conducir. Con tres cuotas continuas o cinco discontinuas impagas, el deudor puede ser inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (Ley 21.389). También procede la retención judicial por no pago.
De común acuerdo, por escritura pública o acta ante notario, o por acta ante un oficial del Registro Civil. Si solo uno de los cónyuges quiere dejar constancia, puede hacerlo mediante una gestión judicial que se notifica al otro. La fecha cierta del cese es la que permite contar los plazos del divorcio. Vea para qué sirve el cese de convivencia.
En una emergencia llame a Carabineros al 133. La denuncia también puede hacerse en la PDI, en la Fiscalía o ante el Juzgado de Familia de Osorno, que puede decretar medidas cautelares como la prohibición de acercarse a la víctima. Más en violencia intrafamiliar.
Cuando los derechos de un niño, niña o adolescente están gravemente vulnerados o amenazados, se puede pedir una medida de protección al Juzgado de Familia (artículo 8 de la Ley 19.968), que puede decretar medidas cautelares urgentes mientras se resuelve la causa. Si además hay un delito, se denuncia a Carabineros o a la Fiscalía. Más en medidas de protección.
Sí. El Código Civil reconoce el derecho del hijo a mantener una relación directa y regular con sus abuelos (artículo 229-2), y si ambos padres están inhabilitados el juez puede confiar el cuidado personal a otra persona, prefiriendo a los consanguíneos más próximos y en especial a los ascendientes (artículo 226). Más en régimen de visitas.
Sí. Si hay motivos fundados, se puede pedir al Juzgado de Familia que prohíba la salida del país del niño como medida cautelar mientras se resuelve la causa. A la inversa, si el otro padre se niega sin razón a autorizar un viaje, el tribunal puede otorgar la autorización.
Depende del régimen patrimonial. Si hubo sociedad conyugal, el divorcio la disuelve y hay que liquidarla; si hubo separación total de bienes, cada uno conserva lo suyo. Además, el cónyuge que se dedicó al cuidado de los hijos o del hogar puede pedir compensación económica. Revise bienes mancomunados y separación de bienes.
Es el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o a la madre sobre los bienes de sus hijos no emancipados (artículo 243 del Código Civil). Es distinta del cuidado personal, que se refiere a la crianza. Puede suspenderse o perderse por resolución judicial en los casos que señala la ley.
No es un delito por sí mismo, pero el abandono continuo o reiterado del hogar común es una de las formas de transgresión grave de los deberes del matrimonio que permiten pedir el divorcio por culpa (artículo 54 de la Ley de Matrimonio Civil), lo que puede incidir en la compensación económica. Vea divorcios.
No por su cuenta: la pensión fijada por el tribunal sigue vigente hasta que una sentencia declare su cese. Por regla general los alimentos a los hijos se deben hasta los 21 años, o hasta los 28 si estudian una profesión u oficio, y pueden continuar si hay una incapacidad que les impida subsistir por sí mismos (artículo 332 del Código Civil). Si tiene una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores, la demanda de cese o rebaja será declarada inadmisible. Más en cese de pensión de alimentos.
Sí. Como los escritos se presentan por la Oficina Judicial Virtual y muchas audiencias pueden realizarse por videoconferencia, atendemos causas de la provincia de Osorno y del resto de la Región de Los Lagos por videollamada y WhatsApp. Las reuniones presenciales se coordinan cuando una gestión lo requiere, como una firma ante notario.
Resoluciones reales del tribunal que verá su causa si vive en Osorno, San Pablo, Puyehue, Puerto Octay o San Juan de la Costa. Cada ficha indica el RIT para que usted mismo pueda comprobarla.
El tribunal declaró inadmisible una demanda de rebaja de pensión porque se certificó que el demandante mantenía inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, aplicando el artículo 1º, inciso 3º, de la Ley 14.908 (modificado por la Ley 21.484), que solo admite excepción si se presentan antecedentes calificados.
El tribunal rechazó una denuncia por estimar que se trataba de un hecho puntual que no configuraba la dinámica de violencia del artículo 5º de la Ley 20.066, pero ordenó compulsar los antecedentes para iniciar de oficio una causa de medida de protección en favor del niño involucrado.
La denuncia había sido presentada por terceros y las presuntas víctimas se negaron a formalizarla en los términos del artículo 5º de la Ley 20.066, por lo que el tribunal rechazó la causa conforme a los artículos 81 y siguientes de la Ley 19.968.
El tribunal no admitió a tramitación una denuncia porque del parte policial no se desprendían hechos constitutivos de violencia intrafamiliar; ordenó notificar con urgencia la denuncia pendiente en otra causa del mismo tribunal y derivó a la denunciante al SernamEG.
El tribunal no dio curso a una medida de protección porque la adolescente había cumplido la mayoría de edad y, por tanto, ya no es sujeto de una medida de esta naturaleza.
Fuente: Buscador Unificado de Fallos del Poder Judicial (base «Familia», filtro Tribunal «Juzgado de Familia Osorno», que tiene 6.996 resoluciones publicadas). Las causas de familia se publican anonimizadas, por lo que aquí solo se resume el criterio del tribunal, sin datos de las partes. Desde el 1 de julio de 2025 el Poder Judicial publica una selección de resoluciones y algunas no se encuentran ejecutoriadas: conviene verificar el estado en el expediente electrónico. Cada caso es distinto y una resolución anterior no garantiza el mismo resultado.
Guías específicas para cada materia en Osorno y la provincia.
Orientación legal en Osorno y en toda la Región de Los Lagos. La primera evaluación de su caso no tiene costo.