La Mediación Previa en Alimentos para Padres en Chile
¿Eres adulto mayor, careces de ingresos suficientes y tus hijos no te apoyan?
La ley chilena faculta a los progenitores desamparados a exigir aportes alimenticios a sus hijos mediante una mediacion alimentos padres obligatoria previa.
En el imaginario social, la pensión de alimentos suele asociarse de forma exclusiva con la manutención de los hijos menores de edad. Sin embargo, la legislación civil en Chile consagra el principio de reciprocidad familiar. Esto significa que los padres o abuelos desvalidos, que carezcan de medios de subsistencia básicos debido a jubilaciones bajas, cesantía o enfermedades incapacitantes, tienen el derecho legal a exigir una pensión de alimentos a sus hijos mayores de edad. Al igual que en alimentos menores, para demandar es obligatorio acudir primero a una **mediacion alimentos padres**.
Esta instancia extrajudicial obligatoria busca que la familia alcance un acuerdo económico sin necesidad de llegar a un juicio desgastante, distribuyendo la carga de forma equitativa entre todos los hijos consanguíneos. Te explicamos los requisitos, plazos y cómo funciona este trámite en Chile.
El proceso de mediación en alimentos para padres de familia
La mediación previa obligatoria para el cobro de alimentos por adultos mayores se rige por las siguientes etapas:
- Ingreso de Solicitud: El padre o madre afectado ingresa la solicitud en un centro de mediación licitado, individualizando a todos sus hijos mayores de edad.
- Citación de Co-Obligados: El mediador citará a todos los hijos del solicitante a una sesión común para evaluar la capacidad de pago de cada uno.
- Prueba de Carencia: El padre debe presentar certificados de jubilación, cotizaciones de salud y recetas de medicamentos para justificar sus necesidades básicas impagas.
- Distribución Equitativa: En la mediación se busca repartir la pensión total solicitada de forma proporcional a los ingresos de cada hijo.
- Homologación de Acta: Si hay acuerdo, se redacta el acta y se envía al Juzgado de Familia para su aprobación con fuerza de sentencia. De frustrarse, se emite el acta de frustración.
Criterios de proporcionalidad y exclusión del pago
La mediación evalúa tanto la necesidad del padre como el patrimonio real de los hijos:
Para profundizar en los derechos de alimentos en la vejez, te aconsejamos leer sobre la pensión de alimentos de padres a hijos y la tramitación en mediación familiar obligatoria.
Los listados de centros licitados de mediación familiar en el país se consultan en el portal oficial del Poder Judicial de Chile (PJUD).
¿Eres adulto mayor y necesitas citar a tus hijos a una mediación de alimentos?
Te guiamos en la preparación de las pruebas de gastos médicos y habitacionales, ingresamos la solicitud de mediación y te acompañamos a las audiencias telemáticas.
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Preguntas frecuentes sobre Alimentos para Padres
1. ¿Es obligatoria la mediación antes de demandar alimentos a los hijos?
Sí. La ley 19.968 exige realizar y frustrar el proceso de mediación familiar antes de interponer una demanda de alimentos a favor de los padres.
2. ¿Pueden los hijos eximirse de pagar alimentos si el padre los abandonó de niños?
Sí. Si se acredita en el juicio que el padre abandonó física o afectivamente al hijo en su minoría de edad, el juez puede eximirlo del deber de socorro.
3. ¿Cómo se reparte la deuda si son varios hermanos demandados?
La pensión alimenticia decretada no es solidaria; se divide a prorrata de las capacidades económicas y sueldo líquido de cada hijo demandado.
4. ¿Qué pasa si un hijo citado no asiste a la mediación de alimentos?
El mediador declarará frustrada la mediación por inasistencia del citado, permitiendo al padre demandar judicialmente a ese hijo en particular.
5. ¿La pensión alimenticia para padres puede pagarse en especies?
Sí. En la mediación se puede pactar que uno de los hijos pague el arriendo, otro la cuenta de los medicamentos y un tercero transfiera dinero en efectivo.
6. ¿Qué pasa si el hijo demandado está cesante?
El juez presumirá ingresos mínimos y fijará una cuota baja de alimentos a menos que el hijo demuestre incapacidad absoluta por enfermedad o invalidez.
Contenido meramente formativo. La exigencia de alimentos a los hijos requiere la debida justificación de la desvalidez del padre en tribunales. Consúltanos.