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    Adopción Internacional en Chile: Requisitos y Procedimiento

    La adopción internacional permite que un niño sea adoptado por personas con residencia en el extranjero, cuando no es posible su adopción por residentes en Chile. Es un proceso especial, con resguardos reforzados. En esta guía te explicamos qué es, cuándo procede, qué organismos intervienen y cómo es el procedimiento.

    ¿Qué es la adopción internacional?

    Es la adopción en que los adoptantes tienen residencia en el extranjero. Se rige por la Ley 19.620 y por los tratados internacionales aplicables, con el objetivo central de proteger el interés superior del niño y su derecho a vivir en familia.

    ¿Por qué es subsidiaria?

    La adopción internacional tiene carácter subsidiario: se prefiere que el niño sea adoptado por personas con residencia permanente en Chile, y solo cuando ello no es posible se considera la adopción por residentes en el extranjero. Así se privilegia que el niño permanezca en su entorno cuando es factible.

    ¿Qué organismos intervienen?

    En el proceso participan los tribunales de familia, los organismos del Estado encargados de la protección de la niñez y los organismos acreditados, junto con las autoridades del país de residencia de los adoptantes, conforme a los tratados internacionales.

    ¿Estás evaluando una adopción internacional?

    Es un proceso complejo que requiere orientación especializada. Completa el siguiente formulario y te contactaremos para revisar tu caso.


    El procedimiento

    El proceso contempla la evaluación de idoneidad de los adoptantes, la intervención de los organismos competentes y la resolución del tribunal de familia, siempre resguardando el interés superior del niño y el cumplimiento de los requisitos legales e internacionales.

    Efectos de la adopción

    • El adoptado adquiere la calidad de hijo de los adoptantes.
    • Nacen los derechos y deberes propios de la filiación.
    • Se aplican los resguardos previstos en los tratados internacionales.

    Preguntas frecuentes

    ¿Quiénes pueden adoptar por esta vía?

    Personas con residencia en el extranjero, cuando no es posible la adopción por residentes en Chile.

    ¿Por qué se prefiere la adopción nacional?

    Porque se privilegia que el niño permanezca en su entorno cuando ello es posible y favorable.

    ¿Qué organismos participan?

    Los tribunales de familia, los organismos de protección de la niñez y los organismos acreditados, junto con autoridades extranjeras.

    ¿Se evalúa la idoneidad de los adoptantes?

    Sí. La evaluación de idoneidad es parte esencial del proceso.

    ¿Intervienen tratados internacionales?

    Sí. La adopción internacional se rige también por los tratados aplicables.

    ¿El adoptado adquiere la calidad de hijo?

    Sí, con todos los derechos y deberes propios de la filiación.

    ¿Es un proceso más largo?

    Suele ser más complejo, por los resguardos y la coordinación entre países.

    ¿Es reversible?

    La adopción es, por regla general, irrevocable.

    ¿Ante qué tribunal se tramita?

    Ante el tribunal de familia, con intervención de los organismos competentes.

    ¿Necesito abogado?

    Sí. La asesoría legal especializada es muy recomendable en estos casos.

    ¿Necesitas asesoría en adopción?

    Cada caso es distinto. Te orientamos sobre los requisitos y el procedimiento de adopción.

    También puedes escribirnos directamente al teléfono +56951132434. Atendemos casos en todo Chile.

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