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  • Tercería de Posesión por Deudas de Pensión de Alimentos

    Tercería de Posesión por Deudas de Pensión de Alimentos

    ¿Embargaron bienes en tu hogar por una deuda de alimentos que pertenece a un tercero?

    Puedes interponer una terceria pension alimentos ante el tribunal de familia para demostrar la propiedad exclusiva de tus bienes y evitar su remate.

    Con la implementación de medidas de apremio más estrictas en Chile para exigir el pago de las deudas de alimentos, los tribunales de familia decretan de forma regular el embargo de bienes muebles del deudor para proceder a su posterior remate. Sin embargo, es habitual que el alimentante moroso declare ante el tribunal el domicilio de sus padres o de un tercero donde ya no reside, o donde arrienda una habitación simple. Cuando el receptor judicial acude a realizar el embargo, surge el conflicto: ¿Cómo se defiende un tercero inocente usando la **terceria pension alimentos**?

    Esta acción incidental se interpone por el dueño real de los bienes afectados para solicitar al Juez de Familia que declare que las especies embargadas no pertenecen al deudor demandado, ordenando el inmediato alzamiento de la medida de embargo. Analizamos cómo se tramita y qué pruebas son idóneas.

    Etapas para tramitar la tercería de posesión en el tribunal de familia

    El procedimiento incidental para defender los muebles de tu hogar de un embargo ajeno exige:

    1. Constatar el Embargo: El trámite inicia una vez que el receptor judicial acude a la vivienda y redacta el acta de embargo detallando las especies.
    2. Presentación del Incidente: El tercero afectado (dueño de casa o arrendatario real) debe presentar la tercería mediante escrito patrocinado por abogado.
    3. Acompañar Documentación Comercial: Acompañar facturas de compra, boletas a su nombre, guías de despacho o contratos de arriendo que acrediten el dominio de los bienes.
    4. Solicitar Suspensión de la Ejecución: Pedir expresamente al juez que ordene suspender el retiro de especies mientras se resuelve el incidente.
    5. Audiencia e Incorporación de Prueba: Rendir prueba testimonial de vecinos que confirmen que el deudor de alimentos no vive en esa propiedad y que los bienes son tuyos.

    La importancia de las boletas y facturas para evitar el remate

    El éxito del alzamiento de embargo depende exclusivamente de la prueba documental aportada:

    La presunción de posesión del artículo 700: La ley civil presume que la persona que habita la casa es dueña de las especies que se encuentran dentro de ella. Sin embargo, al existir un acta de embargo dirigida contra el deudor de alimentos en ese domicilio, el tercero debe destruir esa presunción. Acompañar contratos de compraventa, boletas nominativas de grandes tiendas o estados de cuenta de tarjetas de crédito donde figuren los electrodomésticos embargados es vital para que el juez acoja la tercería y ordene devolver los bienes.

    Para conocer los apremios de cobro que gatillan estas ejecuciones, te aconsejamos leer sobre la retención judicial de alimentos y las medidas de apremio de alimentos ordinarias.

    Las actas de tramitación, estados diarios del tribunal y búsquedas de causas familiares están en el portal del Poder Judicial de Chile (PJUD).

    ¿Embargaron las cosas de tu casa por una deuda de alimentos ajena?

    Te ayudamos a interponer la demanda de tercería de posesión ante el Juzgado de Familia de forma urgente para alzar el embargo y evitar el retiro de tus muebles.


    ¿Amenaza de embargo en tu domicilio por deudas de pensión de alimentos?

    Habla hoy con un abogado de familia especialista en tercerías y alzamientos de embargo en Chile.

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    Preguntas frecuentes sobre Tercería de Posesión

    1. ¿Qué es una tercería de posesión en un cobro de pensión de alimentos?

    Es una demanda incidental presentada por un tercero ajeno al juicio, solicitando al juez que alce el embargo sobre bienes muebles que son de su propiedad exclusiva.

    2. ¿Cuándo se debe interponer una tercería de posesión ante el tribunal de familia?

    Se debe presentar inmediatamente después de que el receptor judicial realice el embargo de los bienes y antes de que se autorice el remate de las especies.

    3. ¿Cómo se prueban que los bienes embargados pertenecen a un tercero ajeno a la deuda?

    Mediante boletas de compra nominativas, facturas comerciales, estados de cuenta de casas comerciales, y declaraciones de testigos de que el deudor no reside allí.

    4. ¿El embargo por deuda de alimentos suspende la ejecución si se presenta la tercería?

    No de forma automática. Se debe solicitar expresamente al juez la suspensión del procedimiento de retiro de especies mientras se tramita e investiga la tercería.

    5. ¿Es necesario contratar a un abogado para presentar una tercería de posesión?

    Sí. Toda demanda incidental de tercería en los Tribunales de Familia chilenos requiere del patrocinio y representación técnica de un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.

    6. ¿Qué diferencia hay entre la tercería de posesión y la tercería de dominio en este contexto?

    La tercería de posesión busca acreditar que el tercero tenía la tenencia material de los bienes con ánimo de señor. La de dominio exige probar la propiedad inscrita (más compleja para muebles).

    Contenido formativo. La interposición de tercerías requiere acreditar fehacientemente el dominio o posesión de los bienes. Asesórate con abogados de familia calificados.