Término del Acuerdo de Unión Civil en Chile: Cómo Disolver el AUC
¿Cómo poner fin legalmente a un Acuerdo de Unión Civil en Chile?
El término del Acuerdo de Unión Civil puede realizarse por mutuo acuerdo de los convivientes civiles ante el Registro Civil, o de forma unilateral por voluntad de uno de ellos, siempre que se cumplan los requisitos legales y no existan hijos menores en común.
El Acuerdo de Unión Civil (AUC), regulado por la Ley 20.830, es un contrato celebrado entre dos personas que comparten un hogar, con el propósito de regular los efectos jurídicos de su vida en común. Al igual que el matrimonio, este vínculo jurídico puede terminar por diversas causales: mutuo acuerdo de los convivientes civiles, voluntad unilateral de uno de ellos, muerte de uno de los convivientes, o declaración de nulidad del acuerdo.
A diferencia del divorcio, que requiere un juicio ante el tribunal de familia con cese de convivencia de al menos un año, el término del AUC es un trámite significativamente más simple cuando es de mutuo acuerdo, pudiendo realizarse directamente ante el Registro Civil. Sin embargo, cuando hay hijos menores de edad en común, la ley exige que el término sea declarado judicialmente para proteger los derechos de los niños. En esta guía te explicamos todas las formas de poner fin a un AUC.
Formas de Poner Término al Acuerdo de Unión Civil
La ley chilena contempla tres vías principales para terminar un AUC: por mutuo acuerdo ante el Registro Civil, por voluntad unilateral mediante escritura pública notificada, y por vía judicial cuando existen hijos menores o cuando el conviviente civil notificado se opone al término. Cada vía tiene sus propios requisitos y formalidades.
El término de mutuo acuerdo es la vía más rápida y sencilla. Ambos convivientes civiles deben concurrir al Registro Civil y manifestar su voluntad de poner fin al acuerdo. El funcionario levanta un acta y el AUC queda disuelto. El costo es mínimo y el trámite se resuelve en el mismo día. Para el término unilateral, el conviviente que desea terminar el AUC debe otorgar una escritura pública y notificarla al otro conviviente civil. Si no hay oposición ni hijos menores, el término se materializa en el Registro Civil transcurridos 3 meses desde la notificación.
Pasos para el Término del AUC de Mutuo Acuerdo
- Paso 1 – Acordar el término y los efectos patrimoniales: Los convivientes civiles deben ponerse de acuerdo no solo en poner fin al AUC, sino también en cómo se liquidará la comunidad de bienes que se formó durante la vigencia del acuerdo, si es que pactaron el régimen de comunidad.
- Paso 2 – Reunir los documentos necesarios: Necesitan sus cédulas de identidad vigentes y el certificado del AUC. Si hay bienes en común, es recomendable llevar un acuerdo de liquidación de la comunidad, aunque no es obligatorio en esta etapa.
- Paso 3 – Concurrir juntos al Registro Civil: Ambos convivientes deben presentarse personalmente en cualquier oficina del Registro Civil y manifestar su voluntad de terminar el acuerdo. El funcionario verificará sus identidades y que no existan hijos menores en común.
- Paso 4 – Firma del acta de término: El Registro Civil levanta un acta que deja constancia del término del AUC. Ambos convivientes la firman y el vínculo jurídico queda disuelto de inmediato, subinscribiéndose al margen del acta original del AUC.
- Paso 5 – Liquidación de la comunidad de bienes: Si los convivientes pactaron comunidad de bienes, deben proceder a su liquidación. Si no hay acuerdo sobre la partición, cualquiera de ellos puede solicitar al tribunal de familia que la realice.
Término Unilateral y Compensación Económica en el AUC
El término unilateral del AUC requiere que el conviviente que desea terminar el acuerdo otorgue una escritura pública manifestando su voluntad y la notifique al otro. Si no hay hijos menores, transcurridos 3 meses desde la notificación, puede solicitar al Registro Civil que deje constancia del término. Si el notificado se opone, el asunto debe resolverse judicialmente.
Para conocer más sobre la compensación económica en el AUC, revisa nuestra guía específica sobre Compensación Económica en el Acuerdo de Unión Civil. También te puede interesar conocer los aspectos generales de este vínculo en nuestra Guía Completa del Acuerdo de Unión Civil.
La Ley 20.830 que crea el AUC está disponible para consulta completa en la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN).
¿Necesitas poner término a tu Acuerdo de Unión Civil?
Completa el formulario y un abogado especialista en derecho de familia te asesorará sobre la vía más conveniente para tu caso.
¿Quieres disolver tu AUC y necesitas orientación legal?
En Abogado de Familia te guiamos en el término de tu Acuerdo de Unión Civil, ya sea de mutuo acuerdo o por vía unilateral. Contáctanos ahora.
Preguntas frecuentes sobre el Término del AUC
1. ¿Cuánto demora el término de un AUC de mutuo acuerdo en el Registro Civil?
Es inmediato. El mismo día que ambos convivientes civiles concurren al Registro Civil a manifestar su voluntad, el acuerdo queda terminado y se les entrega el certificado de término. No hay plazo de espera ni procedimiento adicional.
2. ¿Qué pasa con los bienes adquiridos durante la vigencia del AUC al momento del término?
Depende del régimen patrimonial pactado. Si los convivientes optaron por el régimen de comunidad, los bienes adquiridos durante la vigencia del AUC se dividen por mitades. Si no pactaron comunidad o pactaron separación de bienes, cada uno conserva lo que está a su nombre.
3. ¿Se puede terminar el AUC si hay hijos menores en común?
Sí, pero no por la vía administrativa del Registro Civil. Debe tramitarse ante el tribunal de familia, que deberá pronunciarse sobre el cuidado personal, la relación directa y regular (visitas) y la pensión de alimentos de los hijos antes de declarar terminado el AUC.
4. ¿Cuánto cuesta terminar un AUC en el Registro Civil?
El trámite de mutuo acuerdo tiene un costo administrativo muy bajo, alrededor de $3.000 a $5.000. El término unilateral tiene el costo de la escritura pública en notaría y la notificación, que puede oscilar entre $30.000 y $80.000 dependiendo de la notaría.
5. ¿Puedo volver a celebrar un AUC con la misma persona después de terminarlo?
Sí, la ley no prohíbe que dos personas que pusieron término a un AUC celebren uno nuevo entre ellas. También pueden optar por contraer matrimonio, si así lo desean. No hay un plazo de espera ni restricción alguna.
6. ¿El término del AUC afecta los derechos hereditarios entre convivientes civiles?
Sí. Una vez terminado el AUC, los ex convivientes civiles dejan de ser herederos entre sí. A diferencia del cónyuge divorciado, que en ciertos casos conserva derechos, el ex conviviente civil no tiene ningún derecho en la sucesión del otro después del término.
Contenido meramente formativo. La información aquí proporcionada no constituye asesoría legal y puede no estar actualizada. Para resolver tu caso concreto, consulta con un abogado especialista en derecho de familia.