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  • Régimen de Visitas en Chile: Cómo Establecer la Relación Directa y Regular

    Régimen de Visitas en Chile: Cómo Establecer la Relación Directa y Regular

    ¿Te separaste y no sabes cómo establecer un régimen de visitas para ver a tus hijos?

    El régimen de relación directa y regular, conocido como régimen de visitas, es el derecho que tiene el progenitor que no vive con sus hijos a mantener un contacto periódico y estable con ellos. Te explicamos cómo solicitar, establecer y formalizar este régimen ante los tribunales de familia en Chile.

    Cuando una pareja se separa y uno de los progenitores asume el cuidado personal de los hijos, el otro progenitor tiene el derecho y el deber de mantener una relación directa y regular con ellos. Este derecho, establecido en la Ley de Tribunales de Familia (Ley 19.968) y en el Código Civil, se materializa a través del régimen de visitas, que fija los días, horarios y modalidades en que el progenitor no custodio puede estar con sus hijos. El régimen de visitas busca proteger el derecho del niño a mantener una relación significativa con ambos padres, lo que se considera fundamental para su desarrollo emocional.

    El establecimiento del régimen de visitas puede realizarse de dos formas: mediante un acuerdo entre los progenitores que se presenta al tribunal para su aprobación, o a través de una demanda judicial cuando uno de los padres niega o entorpece la relación del otro con los hijos. La ley establece que el régimen de visitas debe ser lo suficientemente amplio y flexible como para permitir una relación significativa entre el progenitor y sus hijos, teniendo siempre como principio rector el interés superior del niño.

    Pasos para establecer el régimen de visitas por primera vez

    Si nunca antes ha existido un régimen de visitas formal y necesitas establecer uno, debes seguir un procedimiento ante los tribunales de familia que comienza con la mediación familiar obligatoria y puede culminar con una sentencia que fije las condiciones de la relación directa y regular con tus hijos.

    1. Intenta un acuerdo directo con el otro progenitor: El primer paso es intentar llegar a un acuerdo amistoso con el otro progenitor sobre los días y horarios de visitas. Si ambos están de acuerdo, pueden presentar el acuerdo al tribunal para su aprobación sin necesidad de un juicio prolongado. Un acuerdo consensuado siempre es mejor que uno impuesto judicialmente.
    2. Solicita mediación familiar obligatoria: Si no hay acuerdo, debes solicitar una mediación familiar ante un centro de mediación autorizado. La mediación es un requisito obligatorio antes de demandar en materia de relación directa y regular. Un mediador neutral intentará ayudar a las partes a llegar a un acuerdo sobre el régimen de visitas.
    3. Presenta la demanda ante el Juzgado de Familia: Si la mediación fracasa, el mediador emitirá un certificado de mediación frustrada. Con este certificado, puedes presentar una demanda de relación directa y regular ante el Juzgado de Familia, solicitando al tribunal que fije el régimen de visitas que consideres más adecuado para tus hijos.
    4. Acredita tu idoneidad y el beneficio para los hijos: Durante el juicio, puedes presentar pruebas que demuestren que eres un progenitor idóneo, que has estado presente en la vida de tus hijos y que el régimen de visitas que propones es beneficioso para ellos. Las pruebas pueden incluir testigos, fotografías, mensajes, informes psicológicos y cualquier documento relevante.
    5. Asiste a la audiencia y obtén la sentencia: El tribunal citará a una audiencia en la que escuchará a ambas partes, revisará las pruebas y podrá escuchar la opinión del niño si tiene edad y madurez suficiente. Luego dictará una sentencia fijando el régimen de visitas con los días, horarios y modalidades específicas que regirán la relación.

    Es importante tener presente que el régimen de visitas no es un derecho absoluto. El tribunal puede limitarlo o condicionarlo si existen circunstancias que pongan en riesgo el bienestar del niño, como violencia intrafamiliar, consumo problemático de alcohol o drogas, o conductas que puedan afectar negativamente al menor. En estos casos, el tribunal puede ordenar visitas supervisadas o incluso suspender el régimen temporalmente mientras se investiga la situación.

    Tipos de régimen de visitas que puede fijar el tribunal

    Los tribunales de familia pueden establecer distintas modalidades de régimen de visitas según las circunstancias de cada caso. El régimen más común incluye fines de semana alternados, una o dos tardes a la semana, vacaciones compartidas y días festivos distribuidos equitativamente. En casos más complejos, se pueden establecer visitas supervisadas con presencia de un tercero designado por el tribunal, visitas en centros especializados de encuentro familiar, o regímenes de comunicación telefónica y telemática cuando la distancia geográfica dificulta el contacto presencial. La flexibilidad y adaptación a las necesidades concretas de cada familia es la regla general.

    ¿Cuál es la diferencia entre cuidado personal y relación directa y regular?: El cuidado personal es el derecho y deber de tener al hijo viviendo bajo tu techo, tomar decisiones sobre su educación y salud, y ejercer el día a día de la crianza. La relación directa y regular (visitas) es el derecho del progenitor que NO tiene el cuidado personal a mantener contacto con sus hijos de forma periódica. Una misma persona no puede tener ambos roles simultáneamente respecto del mismo hijo, salvo en el caso de cuidado personal compartido, donde ambos progenitores comparten la custodia. Para más detalles, te invitamos a revisar nuestra guía sobre modificación del régimen de visitas.

    Si ya tienes un régimen de visitas establecido pero necesitas modificarlo, puedes revisar nuestro artículo sobre la modificación del régimen de visitas, donde explicamos los requisitos y procedimiento. Si por el contrario, necesitas solicitar la suspensión por razones de seguridad, consulta nuestra guía sobre la suspensión del régimen de visitas. Para localizar el tribunal de familia que corresponde a tu domicilio, visita el sitio del Poder Judicial de Chile.

    ¿Necesitas establecer un régimen de visitas para ver a tus hijos?

    En nuestro estudio jurídico te ayudamos a tramitar la demanda de relación directa y regular, desde la mediación previa hasta la sentencia definitiva. Contáctanos para agendar una consulta y conocer tus opciones legales.


    No dejes que la distancia te aleje de tus hijos

    Tienes derecho a mantener una relación cercana y significativa con tus hijos aunque ya no vivas con ellos. Si el otro progenitor te niega el contacto, un abogado puede ayudarte a ejercer tu derecho. Llámanos ahora.

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    Preguntas frecuentes sobre el régimen de visitas

    1. ¿Puedo ver a mis hijos si no existe un régimen de visitas formal establecido?

    Sí, nada impide que ambos progenitores acuerden informalmente un régimen de visitas y lo cumplan de buena fe. Sin embargo, si el otro progenitor se niega o cambia las condiciones unilateralmente, no tendrás un instrumento legal para hacer valer tu derecho. Por eso, siempre es recomendable formalizar el régimen de visitas ante el tribunal para que sea jurídicamente exigible.

    2. ¿Qué puedo hacer si el otro progenitor no cumple el régimen de visitas?

    Si el otro progenitor incumple reiteradamente el régimen de visitas fijado, puedes denunciar el incumplimiento ante el tribunal de familia que lo decretó. El tribunal puede apercibirlo con multas, decretar el arresto por desacato, o incluso modificar el cuidado personal si el incumplimiento es grave y reiterado. La ley protege el derecho del niño a relacionarse con ambos padres y sanciona a quien lo entorpece.

    3. ¿Los hijos pueden negarse al régimen de visitas?

    La opinión del niño debe ser considerada por el tribunal si tiene edad y madurez suficiente, pero no es vinculante. Si hay un rechazo sistemático del niño hacia el progenitor, el tribunal puede ordenar evaluaciones psicológicas para determinar las causas y tomar las medidas adecuadas. No obstante, si el niño es adolescente y su rechazo es firme y justificado, el tribunal puede flexibilizar el régimen.

    4. ¿Pueden los abuelos solicitar un régimen de visitas?

    Sí, los abuelos y otros familiares cercanos pueden solicitar un régimen de relación directa y regular con los niños ante el tribunal de familia. El derecho de los abuelos a relacionarse con sus nietos está reconocido legalmente, especialmente cuando los padres han fallecido, están privados de su libertad o simplemente impiden el contacto. Deben acreditar un vínculo previo significativo y el beneficio del régimen para el niño.

    5. ¿Se puede modificar el régimen de visitas una vez establecido?

    Sí, el régimen de visitas puede modificarse si cambian las circunstancias que lo motivaron. Por ejemplo, si el progenitor cambia de domicilio, si el niño crece y sus necesidades cambian, o si se demuestra que el régimen actual no es adecuado. La modificación debe solicitarse judicialmente y requiere mediación previa obligatoria.

    6. ¿Puedo salir del país con mi hijo si tengo régimen de visitas con el otro progenitor?

    Para salir de Chile con un menor, necesitas la autorización del otro progenitor mediante escritura pública ante notario. Si el otro progenitor se niega sin justificación, puedes solicitar una autorización judicial de salida del país. El tribunal evaluará si la salida es beneficiosa para el niño y si no afecta el régimen de visitas con el otro progenitor. En ningún caso puedes sacar al menor sin autorización, ya que constituiría el delito de sustracción de menores.

    Contenido meramente informativo y no constituye asesoría legal. Cada situación familiar es única y requiere un análisis personalizado por un abogado especialista. Consúltanos para recibir orientación adaptada a tu caso particular.