Capitulaciones Matrimoniales en Chile: Qué Son y Cómo Pactarlas
Las capitulaciones matrimoniales permiten a quienes van a casarse acordar cómo se regularán sus bienes dentro del matrimonio. Son una herramienta clave para definir el régimen patrimonial y proteger el patrimonio de cada uno. En esta guía te explicamos qué son, cuándo se pactan, qué regímenes permiten y qué requisitos y plazos exige la ley.
¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?
Las capitulaciones matrimoniales son las convenciones de carácter patrimonial que celebran los esposos antes de contraer matrimonio o en el acto de su celebración. Están reguladas en los artículos 1715 y siguientes del Código Civil y sirven, principalmente, para acordar el régimen de bienes que regirá la vida matrimonial.
¿Cuándo se pueden pactar?
Existen 2 momentos para celebrarlas:
- Antes del matrimonio: deben otorgarse por escritura pública y subinscribirse al margen de la inscripción matrimonial dentro de los 30 días siguientes a la celebración del matrimonio.
- En el acto del matrimonio: en este caso solo pueden pactarse separación total de bienes o el régimen de participación en los gananciales, dejándose constancia en el acta.
¿Qué se puede acordar en las capitulaciones?
Entre otras materias, las capitulaciones celebradas antes del matrimonio permiten:
- Pactar el régimen de separación total de bienes.
- Pactar el régimen de participación en los gananciales.
- Realizar donaciones por causa de matrimonio dentro de los límites legales.
- Acordar otras estipulaciones patrimoniales permitidas por la ley.
Las capitulaciones no pueden contener estipulaciones contrarias a la ley, a las buenas costumbres ni en perjuicio de los derechos que la ley reconoce a cada cónyuge o a los descendientes.
¿Son obligatorias para casarse?
No. Si los esposos no pactan capitulaciones, el matrimonio queda sujeto por defecto al régimen de sociedad conyugal. Las capitulaciones permiten apartarse de ese régimen por defecto y elegir otro.
¿Se pueden modificar después del matrimonio?
Las capitulaciones celebradas antes del matrimonio no pueden modificarse una vez celebrado este. Sin embargo, durante el matrimonio los cónyuges pueden cambiar de régimen mediante un pacto especial, sustituyendo la sociedad conyugal o la participación en los gananciales por la separación total de bienes.
Requisitos y formalidades
- Capacidad de los esposos para celebrarlas.
- Escritura pública, cuando se pactan antes del matrimonio.
- Subinscripción al margen de la inscripción matrimonial dentro del plazo de 30 días.
- Contenido conforme a la ley y a las buenas costumbres.
Preguntas frecuentes sobre capitulaciones matrimoniales
¿Para qué sirven las capitulaciones matrimoniales?
Sirven principalmente para elegir el régimen de bienes del matrimonio y ordenar aspectos patrimoniales antes de casarse.
¿Qué pasa si no pacto capitulaciones?
El matrimonio queda sujeto por defecto al régimen de sociedad conyugal.
¿Puedo pactar separación total de bienes en las capitulaciones?
Sí. Es uno de los regímenes que se pueden acordar, tanto antes como en el acto del matrimonio.
¿Qué es la participación en los gananciales?
Es un régimen en el que, durante el matrimonio, cada cónyuge administra sus bienes con independencia, y al término se comparten las ganancias obtenidas, según las reglas legales.
¿Necesito escritura pública para las capitulaciones?
Sí, cuando se pactan antes del matrimonio. En el acto del matrimonio, solo se puede pactar separación total o participación, dejándose constancia en el acta.
¿Cuál es el plazo para subinscribirlas?
Las capitulaciones celebradas antes del matrimonio deben subinscribirse dentro de los 30 días siguientes a la celebración.
¿Las capitulaciones pueden incluir bienes futuros?
Pueden contener estipulaciones patrimoniales permitidas por la ley, dentro de los límites que esta establece.
¿Puedo renunciar a la compensación económica en las capitulaciones?
No pueden incluirse estipulaciones contrarias a la ley ni que vulneren los derechos que esta reconoce a los cónyuges. Conviene revisar cada cláusula con un abogado.
¿Se pueden modificar las capitulaciones después de casarse?
No. Las celebradas antes del matrimonio no se modifican después; lo que sí es posible es cambiar de régimen mediante un pacto durante el matrimonio.
¿Las capitulaciones afectan a terceros?
Para ser oponibles a terceros deben cumplirse las formalidades de escritura pública y subinscripción.
¿Sirven para proteger un negocio propio?
Sí. Elegir un régimen como la separación total de bienes puede ayudar a delimitar responsabilidades patrimoniales, según el caso.
¿Pueden celebrarlas personas extranjeras que se casan en Chile?
Sí, cumpliendo los requisitos legales aplicables al matrimonio celebrado en Chile.
¿Qué diferencia hay entre capitulaciones y el pacto del matrimonio?
Las capitulaciones se pactan antes o en el acto del matrimonio; el cambio de régimen durante el matrimonio se realiza por un pacto posterior y distinto.
¿Necesito abogado para hacer capitulaciones?
La asesoría legal es muy recomendable para redactar correctamente las cláusulas, elegir el régimen y cumplir las formalidades.
¿Qué pasa si no subinscribo dentro del plazo?
El incumplimiento de las formalidades puede afectar la validez o la oponibilidad de las capitulaciones, por lo que es clave respetar los plazos.
¿Necesitas asesoría para tus capitulaciones matrimoniales?
Cada caso es distinto. Si vas a casarte y quieres definir tu régimen de bienes o redactar capitulaciones, completa el siguiente formulario y te contactaremos para orientarte.
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