¿Es viable pedir el cese de alimentos con deuda vigente? Cese de Alimentos con Deuda: ¿Es Posible Solicitarlo? Cese de Alimentos con Deuda: ¿Es Posible Solicitarlo?
🛑 Alerta Legal: El Registro de Deudores impide el cese inmediato. Le ayudamos a resolverlo.
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¿Su hijo ya cumplió la edad pero usted está en el Registro Nacional de Deudores? La ley actual exige sanear la deuda antes de demandar el cese de alimentos con deuda. Trazamos su estrategia de salida.

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Testimonio mujer sobre cese de alimentos con deuda
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“Mi actual marido no podía pedir el cese de alimentos con deuda por estar en el registro. El abogado auditó la liquidación, rebajó el monto y logramos salir para demandar el cese.”
— Claudia M., Santiago

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Para lograr el cese de alimentos con deuda, primero debemos revisar si existen cobros prescritos o mal calculados que le impiden salir del Registro Nacional de Deudores.

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Preguntas sobre Cese de Alimentos con Deuda

¿Puedo pedir el cese de alimentos con deuda si estoy en el Registro de Deudores? +
No directamente. La ley actual establece que si usted figura en el Registro Nacional de Deudores, el tribunal no dará curso a la demanda de cese hasta que regularice o garantice la deuda.
¿Qué es el cese de alimentos con deuda? +
Es el trámite legal para terminar la obligación de pago mensual cuando el hijo ya no cumple los requisitos, aunque existan montos impagos acumulados del pasado.
¿Cómo salgo del Registro para poder demandar el cese? +
Debemos auditar la deuda. A menudo existen cobros prescritos o mal calculados. Al corregir el monto y pagar o acordar el saldo real, se solicita la eliminación del Registro.
¿La deuda desaparece al lograr el cese de alimentos con deuda? +
No. El cese detiene la obligación futura (deja de generarse mes a mes), pero la deuda histórica (lo que ya debe) se mantiene vigente y debe pagarse.
¿Puedo pedir prescripción de la deuda para salir del Registro? +
Sí, es una estrategia clave. Si hay deudas muy antiguas que no fueron cobradas a tiempo, se puede solicitar su prescripción para rebajar el monto total y facilitar la salida del registro.
¿Qué pasa si mi hijo tiene más de 28 años y sigo con deuda? +
La obligación legal terminó, pero si no demanda el cese, la deuda se sigue generando formalmente. Debe regularizar su situación en el Registro para poder cerrar la causa.
¿Sirve llegar a un acuerdo de pago para el cese? +
Sí. Si el alimentario acepta un acuerdo de pago por la deuda histórica, se puede solicitar al tribunal que lo saque del Registro de Deudores, habilitándolo para tramitar el cese.
¿Cuánto demora en borrarse el registro tras pagar? +
Una vez acreditado el pago o aprobado el acuerdo por el tribunal, el juez ordena al Registro Civil la eliminación. Esto puede tardar algunos días hábiles administrativos.
¿Es obligatorio tener abogado para este trámite? +
Absolutamente. Tanto para calcular la liquidación de deuda, alegar prescripciones y presentar la demanda de cese de alimentos con deuda, requiere patrocinio de abogado.
¿Me pueden retener la licencia de conducir mientras tramito el cese? +
Sí, las medidas de apremio (como retención de licencia o arraigo) se mantienen vigentes mientras exista deuda en el Registro, incluso si el juicio de cese está en preparación.
¿Qué pasa si el hijo trabaja pero hay deuda? +
El hecho de que trabaje es causal de cese, pero el impedimento procesal del Registro de Deudores persiste. Debe solucionar el registro para hacer valer la causal de trabajo.
¿El cese es retroactivo? +
El cese opera desde que se notifica la demanda. Por eso es urgente salir del Registro cuanto antes para poder notificar y detener el cobro futuro.
¿Puedo ofrecer una propiedad en pago por la deuda? +
Sí, la dación en pago es una forma válida de extinguir la deuda. Si el alimentario acepta, se borra el registro y se procede con el cese de alimentos con deuda.
¿Qué ocurre con la compensación económica y el cese? +
Son materias distintas. Pero si tiene deuda de compensación económica, también puede estar en el Registro, impidiendo el cese de alimentos.
¿Si me caso de nuevo se borra la deuda? +
No. Su estado civil actual no afecta la deuda anterior ni su situación en el Registro de Deudores. Debe pagar para tramitar el cese de alimentos con deuda.

Casos de Éxito: Cese y Deuda

Logramos destrabar causas complejas en el Registro Nacional de Deudores.
Así opinan nuestros clientes:

"Estaba bloqueado en el registro. Calcularon bien la deuda, pagué lo justo y al fin pude pedir el cese de alimentos con deuda."

Testimonio cese con deuda
Víctor H. ★★★★★

"Me ayudaron a prescribir deudas antiguas. Eso bajó el monto y pude salir del registro para tramitar el cese."

Reseña registro de deudores
Jorge A. ★★★★★

"Hicimos un acuerdo de pago serio. El tribunal me sacó del registro y aceptó el cese de alimentos con deuda de inmediato."

Google review cese
Manuel S. ★★★★★

"Excelente gestión. Mi hijo ya tenía 29 años y yo seguía pagando por estar en Dicom. Solucionaron el cese de alimentos con deuda."

Comentario cese deuda
Felipe R. ★★★★★

"No sabía que no podía demandar estando en el registro. Me asesoraron para regularizar y obtener el cese de alimentos."

Evaluación cese
Cristian P. ★★★★★

"Logramos el cese de alimentos con deuda tras aclarar los montos en UTM. Muy profesionales."

Cese deuda alimentos
Eduardo M. ★★★★★

"Tenía miedo del juicio por la deuda. El abogado manejó el tema del registro y logramos el cese."

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Rodrigo T. ★★★★★

"El trámite fue claro. Primero salí del registro y luego se aprobó el cese de alimentos con deuda."

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Pablo D. ★★★★★

"Gracias al equipo pude entender que estar en el registro frenaba todo. Solucionado el registro, salió el cese."

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Fernando L. ★★★★★

"Muy agradecido. Pensé que nunca dejaría de pagar por la deuda acumulada. El cese de alimentos con deuda fue un alivio."

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Héctor B. ★★★★★

No Deje que la Deuda lo Bloquee

Salir del Registro es el primer paso para el cese de alimentos con deuda. Nosotros le guiamos en el proceso legal.

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