La obligación de pagar pensión de alimentos no termina automáticamente. Si su hijo/a ya cumplió la edad legal o trabaja, debe solicitar el cese de pension de alimentos en un tribunal para poder dejar de pagar legalmente.
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Hijo/a cumple 21 o 28 años ✔️
Es un requisito previo obligatorio 😊
Debe estar al día en los pagos 📚
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Si su hijo o hija cumple 21 años y no se encuentra estudiando una profesión u oficio.
Si su hijo finaliza sus estudios, o bien, cumple 28 años aunque no los haya terminado.
Si su hijo o hija comienza a trabajar y puede sustentarse por sus propios medios.
Si su hijo o hija contrae matrimonio, la obligación de alimentos se traslada a su cónyuge.
No. La obligación de pagar la pensión de alimentos se extiende automáticamente hasta los 21 años. Solo después de esa edad, y si no está estudiando, puede solicitar el cese.
Se generará una deuda que se acumulará con reajustes e intereses. El alimentario (su hijo/a o su representante) podrá solicitar una liquidación de deuda y pedir apremios en su contra, como la retención de fondos o el arresto.
Sí. Es un requisito fundamental. Los jueces exigen que el alimentante no tenga deudas pendientes para poder acoger a trámite y fallar a favor una demanda de cese de pension de alimentos.
Sí. Antes de presentar la demanda, la ley exige citar a su hijo/a (quien ya será mayor de edad) a una instancia de mediación familiar para intentar llegar a un acuerdo.
Necesitará documentos como el certificado de egreso o título, o un certificado de no alumno regular emitido por la última casa de estudios. Su abogado le indicará exactamente qué documentos solicitar.
Es posible. Si los ingresos que percibe por su trabajo son suficientes para cubrir sus necesidades básicas, se puede solicitar el cese de la pensión. Será un asunto de prueba que el tribunal deberá ponderar.
Sí. Cualquier pensión fijada legalmente (sea por mediación o sentencia de divorcio) requiere una nueva resolución judicial para que la obligación se extinga formalmente.
Es un juicio relativamente rápido. Si no hay oposición y las pruebas son claras (por ejemplo, el hijo ya cumplió 28 años), puede durar entre 2 y 4 meses.
Sí. La demanda de cese de pension de alimentos debe ser presentada ante el tribunal de familia con el patrocinio de un abogado habilitado.
“Mi hijo cumplió 28 años y seguía pagando la pensión por desconocimiento. Los abogados me explicaron el proceso de cese, fue rápido y ahora mi obligación está legalmente terminada.”
— Lucia R.La primera consulta es gratuita. Analizaremos su caso y le explicaremos si cumple los requisitos para solicitar el cese de pension de alimentos y cuáles son los pasos a seguir.
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