El No Pago de Pensión de Alimentos y la Retención Judicial
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La ley chilena sanciona el no pago de alimentos obligando al empleador del deudor a descontar la pensión directo de su liquidación de sueldo.
El incumplimiento reiterado en el pago de las pensiones alimenticias es uno de los problemas sociales más graves en la justicia de familia chilena. Para combatir las evasiones y los depósitos parciales o tardíos, la ley consagra una herramienta de cobro automático sumamente efectiva: la retención judicial de la pensión. A través del mecanismo de **retencion alimentos deudores**, el empleador del alimentante se convierte en el responsable directo de transferir los fondos a la cuenta de la madre.
Esta medida evita el desgaste de tener que cobrar mes a mes y sanciona de forma solidaria a las empresas que colaboren en el ocultamiento de sueldos. Te explicamos cómo solicitarla y las responsabilidades involucradas.
Cómo solicitar la retencion alimentos deudores en Chile
El procedimiento legal para decretar el descuento por planilla de sueldo se rige por las siguientes etapas judiciales:
- Demostración de Vínculo Laboral: Informar al Tribunal de Familia el nombre del empleador, RUT de la empresa y domicilio comercial del deudor de alimentos.
- Solicitud del Abogado: Ingresar un escrito digital ante el juez solicitando que se decrete la medida cautelar de retención judicial por planilla.
- Oficio del Tribunal: El juez notifica electrónicamente a la empresa contratante ordenándole retener mensualmente el monto de la pensión del sueldo del trabajador.
- Plazo de Pago Directo: El empleador tiene la obligación legal de transferir el dinero retenido dentro de los **5 días hábiles siguientes** al pago del sueldo.
- Sanción Solidaria: Si la empresa no realiza el descuento o transfiere tarde, se expone a multas graves y a tener que pagar la deuda de alimentos con su propio patrimonio.
La responsabilidad solidaria del empleador y multas
Las empresas que ignoren el oficio del juez cometen una infracción grave:
Para informarte sobre el cobro de estas deudas, te aconsejamos leer sobre la retención judicial de pensiones general y las consecuencias comerciales en el registro nacional de deudores de alimentos chileno.
La tramitación del cobro por planilla y liquidación de deudas está regulada por el portal digital del ChileAtiende.
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Preguntas frecuentes sobre Retención de Alimentos
1. ¿Se puede aplicar la retención a trabajadores independientes?
Sí. Es posible oficiar a las empresas a las que el deudor presta servicios mediante boletas de honorarios continuas para que retengan el porcentaje correspondiente del pago mensual.
2. ¿El empleador puede cobrar una comisión por hacer el descuento?
No. El empleador está obligado por ley a realizar este descuento de forma gratuita, constituyendo una carga pública procesal exenta de cualquier cobro o recargo administrativo.
3. ¿Qué pasa si el trabajador renuncia para evitar la retención?
La empresa debe retener el monto de la pensión alimenticia acumulada y el mes corriente de la liquidación o finiquito del trabajador de forma obligatoria.
4. ¿Se puede retener la pensión de la jubilación de la AFP o IPS?
Sí. La orden de retención judicial se puede dirigir directamente a las administradoras de fondos previsionales (AFP) o al Instituto de Previsión Social (IPS) para que descuenten la pensión de la jubilación mensual.
5. ¿Cómo sé si mi empleador ya recibió el oficio del juez?
El abogado puede revisar la carpeta digital del proceso. Una vez cargada el acta de notificación electrónica o física a la empresa, el empleador está legalmente obligado al descuento.
6. ¿Qué pasa si el sueldo líquido es menor al monto fijado de pensión?
La retención judicial no podrá superar en ningún caso el 50% del sueldo total del trabajador. El saldo impago quedará registrado como deuda acumulada de alimentos.
Contenido meramente formativo. La fiscalización de cumplimiento a empresas por retenciones exige el patrocinio y representación de un abogado. Consúltanos.