La Preterición de Herederos Forzosos en Chile

¿Fuiste omitido o "olvidado" en un testamento? Conoce tus derechos legales para reclamar

La preterición ocurre cuando un testador no menciona ni deja bienes a un heredero forzoso. La ley chilena protege tu derecho a recibir tu parte legal mediante la acción de reforma de testamento. Te explicamos los plazos y el trámite.

En Chile, existe la creencia popular de que una persona es libre de testar y repartir sus bienes a quien quiera. Sin embargo, la legislación chilena protege fuertemente a la familia directa a través de las "asignaciones forzosas". Un testador está obligado por ley a dejar el 50% de sus bienes a sus herederos forzosos (cónyuge, conviviente civil, hijos o ascendientes). A pesar de esto, ocurre a veces que un testador omite por completo a uno de sus hijos o a su cónyuge en el testamento, ya sea por olvido, por desconocimiento de su existencia (un hijo nacido después del testamento) o con la intención deliberada de dejarlo fuera. A esta omisión se le denomina jurídicamente **preterición**.

¿Qué es la preterición de herederos forzosos?

La preterición es la omisión u olvido que hace el testador de un legitimario (heredero forzoso) en su testamento. De acuerdo con el artículo 1218 del Código Civil chileno, el legitimario que ha sido omitido o preterido en el testamento no pierde sus derechos: la ley determina que se le debe considerar como si hubiera sido instituido heredero en su legítima. Esto significa que el testamento no se invalida por completo, sino que debe ser reformado o modificado judicialmente para incorporarlo y entregarle la porción que le corresponde.

Causas habituales de la preterición

La omisión de un heredero forzoso puede darse bajo distintas circunstancias, las que la doctrina clasifica de la siguiente manera:

  1. Preterición Involuntaria: Ocurre cuando el testador ignoraba la existencia del heredero al momento de redactar su testamento. El caso más común es el de un hijo cuya paternidad es determinada judicialmente después de la muerte del padre, o un hijo que nace después de que el testamento ya fue firmado y registrado ante notario.
  2. Preterición Voluntaria u Ocupacional: Se produce cuando el testador conoce la existencia del heredero, pero decide no mencionarlo en el testamento ni asignarle ningún bien, con el fin de favorecer a otras personas. Al no expresar una causal legal de desheredamiento, se considera una simple omisión ilegal.

¿Fuiste omitido en el testamento de un familiar?

Nuestros abogados expertos en herencias te ayudan a interponer la acción de reforma de testamento para reclamar la parte de los bienes que la ley te reserva.


Efectos jurídicos y derechos del heredero preterido

El heredero que ha sufrido preterición tiene derecho a exigir su **legítima rigorosa** (o legítima efectiva, según corresponda). Para cumplir con este pago, la ley chilena ordena reducir o ajustar las demás asignaciones hechas por el testador en su voluntad. El orden de reducción es el siguiente: 1. Se reducen en primer lugar las asignaciones hechas con cargo a la **cuarta de libre disposición**. 2. Si no es suficiente, se reducen las asignaciones hechas con cargo a la **cuarta de mejoras** (si el preterido es un descendiente o cónyuge). 3. Por último, si fuera necesario, se ajustan proporcionalmente las legítimas de los demás herederos forzosos para asegurar que el preterido reciba su cuota mínima garantizada por ley.

La Acción de Reforma de Testamento: La vía legal

Para hacer valer sus derechos, el heredero omitido debe interponer una demanda civil denominada **Acción de Reforma de Testamento**. Los detalles clave de esta acción judicial son los siguientes:

  • Objetivo: Solicitar al juez que modifique las cláusulas del testamento que vulneran las legítimas forzosas, a fin de que se le adjudique al demandante la parte que legalmente le corresponde.
  • Plazo de prescripción: El plazo general para ejercer la acción de reforma es de **4 años**, contados desde el día en que los herederos tuvieron conocimiento del testamento y de su calidad de legitimarios. Si el heredero era menor de edad al momento del fallecimiento, el plazo de 4 años comienza a correr desde el día en que cumpla la mayoría de edad (18 años).
  • Tribunal competente: Se debe presentar ante el Juzgado de Letras en lo Civil del último domicilio del fallecido.

Reclama tu herencia legal con asesoría experta

Escríbenos para evaluar tu caso. Te representamos judicialmente para reformar el testamento y asegurar que se respeten tus derechos hereditarios establecidos en el Código Civil.

Escríbenos a WhatsApp

Preguntas frecuentes sobre la preterición

¿Qué diferencia hay entre preterición y desheredamiento?

El desheredamiento es una exclusión expresa y justificada que hace el testador en su testamento, invocando una causal legal (como injurias graves o abandono). La preterición es el simple olvido o exclusión tácita del heredero, sin expresar ninguna causal. El preterido conserva intacto su derecho a heredar, mientras que el desheredado debe probar su inocencia si reclama.

¿Un hijo no reconocido en vida puede reclamar si fue omitido?

Sí. Primero debe iniciar un juicio de reclamación de paternidad (filiación post mortem) mediante pruebas de ADN con los familiares del fallecido. Una vez determinada la filiación, se le considera hijo biológico y heredero forzoso, pudiendo interponer la acción de reforma de testamento.

¿Se puede evitar la preterición dejando una suma simbólica de dinero?

No. Si el testador le deja al heredero forzoso una cantidad de dinero o un bien cuyo valor es inferior a su legítima rigorosa, no hay preterición (porque no fue olvidado), pero el heredero conserva el derecho a demandar el complemento de su legítima para que se le pague la diferencia.

¿Qué pasa si prescriben los 4 años para demandar la reforma?

Si transcurre el plazo de 4 años sin presentar la demanda, el heredero preterido pierde el derecho a exigir la reforma del testamento, consolidándose la distribución de bienes realizada por el testador, incluso si esta vulneraba las leyes sucesorias.

¿El cónyuge sobreviviente puede ser preterido?

Sí. Si el testador hace un testamento y no menciona en absoluto a su cónyuge, este es considerado un legitimario preterido y tiene pleno derecho a demandar la reforma del testamento para obtener su porción conyugal.

¿Qué documentos se necesitan para iniciar la demanda de reforma?

Se requiere el certificado de defunción del causante, copia autorizada del testamento inscrito, el certificado de nacimiento del heredero omitido (para acreditar el vínculo de parentesco) y el patrocinio de un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.

Contenido relacionado

Contenido meramente informativo. La acción de reforma de testamento requiere de un análisis acucioso de la masa hereditaria y de las asignaciones testamentarias; te sugerimos solicitar una consulta con nuestros abogados especialistas.