Procedimiento en Tribunales de Familia · RIT Z

Causa de cumplimiento RIT Z en pensión de alimentos: cómo abrirla y tramitarla

En los Tribunales de Familia de Chile, obtener una sentencia o aprobar un acuerdo de mediación en una causa contenciosa (RIT C) o voluntaria/mediación (RIT M) es solo el primer paso. Para pedir liquidaciones mensuales, cobrar deudas, objetar cálculos o solicitar apremios en la Oficina Judicial Virtual, toda la tramitación se traslada a un expediente especial denominado causa de cumplimiento (RIT Z).

Apertura de expediente RIT Z en todo ChileVinculación de libreta BancoEstado y SITFALiquidaciones, objeciones y cobro ejecutivo
Evaluación gratis

¿No sabes cómo cobrar o defenderte en la causa Z?

Revisamos tu expediente en la Oficina Judicial Virtual y activamos las gestiones de cumplimiento o defensa sin costo inicial.

Privado y seguro · Respuesta en menos de 1 hora

Organización judicial

Seis datos esenciales sobre la causa RIT Z de cumplimiento

Cómo separan los Juzgados de Familia el juicio declarativo de la etapa de cobro.

Letra Z

Identifica en el Rol Interno del Tribunal (RIT) a los cuadernos exclusivos de cumplimiento de pensiones de alimentos (por ejemplo, Z-1450-2026).

Ley 19.968, art. 64

Desde causa C o M

La causa Z nace a partir de una sentencia dictada en causa contenciosa (C), una transacción o un acta de mediación aprobada judicialmente (M).

Ley 14.908, art. 11

Unidad especial

Es administrada por la Unidad de Cumplimiento de cada Juzgado de Familia o por el Centro de Medidas Cautelares y Cumplimiento en Santiago.

Ley 19.968, art. 2

Conexión bancaria

En la causa Z se registra el número de la libreta de ahorro a la vista de BancoEstado para que el sistema realice las liquidaciones automáticas.

Ley 21.389, art. 12

Acumulación

Si posteriormente hay un juicio de rebaja o aumento en una nueva causa C, esa nueva sentencia se incorpora y actualiza dentro de la misma causa Z.

Ley 14.908, art. 12

Trámite OJV

Todo escrito de liquidación, objeción, apremios, retención de empleador o cobro en AFP debe ingresarse en el RIT Z y no en la causa C terminada.

Ley 14.908, art. 12

Uno de los errores procesales más frecuentes entre quienes tramitan por su cuenta en la Oficina Judicial Virtual (OJV) es presentar solicitudes de liquidación, objeciones o comprobantes de pago en la causa C original donde se dictó la sentencia. Como esa causa C ya se encuentra en estado «Concluida», el tribunal provee simplemente: «Ocurra en la causa de cumplimiento RIT Z correspondiente», perdiéndose días valiosos que pueden hacer vencer el plazo fatal de 3 días para objetar.

La causa RIT Z funciona como una cuenta corriente judicial permanente mientras exista la obligación alimenticia. Allí confluyen el título ejecutivo original, las modificaciones posteriores de monto y la conexión en línea con BancoEstado, la Tesorería General de la República, el Registro Civil y las AFP.

Problemas habituales

Cuatro errores frecuentes en la tramitación de la causa de cumplimiento Z

Ingresar el escrito de objeción en la causa C equivocada

Si te notifican una liquidación en la causa Z y subes tu objeción con los comprobantes al expediente C antiguo, la objeción se tendrá por no presentada en el cuaderno Z y la deuda quedará firme.

Ley 14.908, art. 12

Mediación aprobada sin apertura de cuaderno Z

Muchas actas de mediación aprobadas en causa M nunca pasan a causa Z porque ninguna de las partes pidió abrir el cuaderno de cumplimiento ni vinculó el número final de la cuenta vista BancoEstado.

Ley 14.908, art. 11

No traspasar la sentencia de rebaja o cese a la causa Z

Cuando el alimentante gana una rebaja o cese en un nuevo juicio C, debe pedir que se remita copia ejecutoriada a la causa Z para que actualicen el cargo mensual en el sistema SITFA.

Ley 14.908, art. 12

Falta de correo electrónico actualizado para notificaciones

En la causa Z las liquidaciones y resoluciones se notifican por estado diario o al correo electrónico registrado; no revisar el expediente Z en la OJV impide enterarse a tiempo de embargos o liquidaciones.

Ley 19.968, art. 23
Activación del expediente

Paso a paso para abrir y activar la causa de cumplimiento Z

  1. 1

    Verificar que la sentencia o mediación esté aprobada y firme

    En la causa C o M de origen debe constar la resolución que aprueba el acuerdo o la sentencia definitiva con su respectivo certificado de ejecutoria.

    Ley 14.908, art. 11
  2. 2

    Solicitar la remisión de antecedentes a la Unidad de Cumplimiento

    Si el tribunal no abrió de oficio el cuaderno Z, ingresamos un escrito pidiendo «pasen los antecedentes a cumplimiento» y la creación del RIT Z respectivo.

    Ley 19.968, art. 64
  3. 3

    Vincular la cuenta de ahorro a la vista de BancoEstado

    Nos aseguramos de que el oficio de BancoEstado con el número de la libreta exclusiva quede cargado en el sistema informático de la causa Z.

    Ley 14.908, art. 9
  4. 4

    Cargar la base de cálculo en UTM

    La unidad de cumplimiento configura en el sistema el monto mensual en UTM, la fecha de inicio de devengo y la modalidad de pago (depósito directo o retención por planilla).

    Ley 21.389, art. 12
  5. 5

    Practicar la primera liquidación o iniciar el control de pagos

    Una vez activa la causa Z, ya se puede solicitar la liquidación oficial de pensión de alimentos, pedir apremios o acreditar abonos.

    Ley 14.908, art. 12
Cómo encontrar tu causa Z en la Oficina Judicial Virtual: al entrar a «Mis Causas» -> pestaña «Familia», ordena la tabla por tipo de letra o busca las causas que comienzan con la letra Z. Si solo te aparece una causa C o M, significa que el cuaderno de cumplimiento aún no ha sido abierto o que no figuras cargado como litigante en él.
Diferencia procesal

Qué se tramita en la Causa C (o M) y qué se tramita en la Causa Z

Gestión judicialCausa C (Contenciosa) o M (Mediación)Causa Z (Cumplimiento de Alimentos)
Fijar por primera vez la pensión de alimentosSí (demanda de alimentos o aprobación de mediación)No (requiere título ejecutivo previo creado en C o M)
Pedir liquidación de deuda y objetar erroresNo (salvo alimentos provisorios mientras dura el juicio C)Sí, es el único expediente habilitado para liquidar y objetar
Solicitar arresto, arraigo, retención TGR o AFPNo una vez terminado el juicio declarativoSí, todos los apremios y ejecuciones se decretan en la causa Z
Demandar rebaja, aumento o cese definitivoSí, debe iniciarse mediante mediación previa y nueva demanda CNo se demanda en Z, pero la sentencia final de C se informa en Z

Si en tu causa Z siguen cobrando el monto antiguo después de ganar un juicio C de rebaja o cese, revisa cómo frenar el cobro indebido tras rebaja o cese.

Gestiones en el cuaderno Z

Trámites que tu abogado realiza dentro de la causa Z

  • Solicitud y objeción de liquidaciones de pensión. Revisión contable de cada liquidación mensual y presentación de objeciones fundadas dentro del plazo legal de 3 días hábiles.
  • Acreditación e imputación de pagos directos. Incorporación de comprobantes de transferencia o descuentos de sueldo que no fueron leídos por la interconexión bancaria automática.
  • Solicitud o alzamiento de medidas de apremio. Tramitación de órdenes de arresto, arraigo nacional, retención de licencia de conducir, embargo bancario o su alzamiento inmediato tras el pago.
  • Actualización de empleador y retención por planilla. Petición de nuevos oficios de retención judicial cuando el alimentante cambia de trabajo o pasa a recibir pensión de jubilación.
Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre la causa de cumplimiento Z en Chile

¿Qué significa que mi causa de pensión de alimentos tenga la letra Z?

En la nomenclatura de los Tribunales de Familia de Chile, la letra Z identifica a las causas de Cumplimiento de Alimentos. Es el expediente electrónico donde se controla mes a mes el pago de la pensión fijada previamente en un juicio (causa C) o en una mediación aprobada (causa M).

¿Por qué el tribunal rechazó mi escrito diciendo «ocurra en causa Z»?

Porque presentaste tu solicitud o comprobante de pago en la causa C o M donde se fijó originalmente la pensión, la cual ya está archivada o concluida. Debes volver a ingresar el escrito seleccionando en la Oficina Judicial Virtual el RIT con letra Z del mismo tribunal.

¿Cómo paso mi acuerdo de mediación a una causa Z para poder cobrar la deuda?

Si tenías una mediación aprobada por el tribunal pero nunca se abrió la causa Z, debemos presentar un escrito en la causa original pidiendo que se remitan los antecedentes a la Unidad de Cumplimiento, se abra el RIT Z, se oficie a BancoEstado si no hay cuenta vista activa y se practique la primera liquidación.

¿Si gano una rebaja o cese de alimentos se abre otra causa Z nueva?

Por regla general no se abre una causa Z nueva, sino que se mantiene la causa Z histórica para conservar la trazabilidad de la cuenta de ahorro a la vista de BancoEstado. Lo que hace el tribunal es incorporar la nueva sentencia en la misma causa Z para modificar o extinguir el cargo mensual hacia adelante.

¿Qué pasa si hay dos causas Z abiertas por los mismos hijos en el tribunal?

A veces por error administrativo se abren dos cuadernos Z paralelos (por ejemplo, uno por los alimentos provisorios y otro por el acuerdo definitivo), lo que genera un gravísimo riesgo de doble cobro. En ese caso solicitamos de inmediato la acumulación de ambas causas Z y la unificación de la liquidación.

¿Puedo ver la causa Z en la Oficina Judicial Virtual con mi ClaveÚnica?

Sí. Tanto el demandante como el demandado que sean parte en la causa tienen acceso completo al expediente Z en `ojv.pjud.cl` usando su ClaveÚnica, donde pueden descargar las liquidaciones, resoluciones y oficios.

Fuentes

Textos vigentes de la Ley 14.908 y la Ley 19.968 de Tribunales de Familia, publicados por la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.

Gestionamos tu causa de cumplimiento Z sin errores procesales

Ya sea que necesites abrir el cuaderno Z para ejecutar una deuda o defenderte de una liquidación errónea, asumimos tu representación en todo Chile.

LlamarContactar por WhatsApp