Retención de Alimentos en Boletas de Honorarios

¿El deudor de alimentos es trabajador independiente, emite boletas de honorarios y no paga?

La ley de familia chilena faculta a los jueces a ordenar la retencion honorarios alimentos de forma directa desde los pagos que realizan los clientes del deudor independiente.

Uno de los mayores desafíos en el cobro de deudas de alimentos en Chile ocurre cuando el demandado trabaja de forma independiente, careciendo de un contrato de trabajo dependiente con liquidación de sueldo ordinario mensual para realizar el descuento en planilla. Sin embargo, si este prestador de servicios emite boletas de honorarios a través del Servicio de Impuestos Internos (SII) a empresas o personas jurídicas, la ley de alimentos contempla el mecanismo de la **retencion honorarios alimentos**.

Esta orden judicial obliga a las empresas clientes del deudor de alimentos a descontar el porcentaje decretado de la boleta de honorarios antes de pagar la factura por el servicio prestado, depositando el saldo directamente en la cuenta bancaria de alimentos del menor.

Procedimiento para decretar la retención sobre boletas de honorarios

La ejecución del cobro de alimentos a honorarios sigue estas directrices del tribunal de familia:

  1. Oficio al SII de Búsqueda: El tribunal oficia al Servicio de Impuestos Internos (SII) para obtener el registro de boletas emitidas por el deudor.
  2. Identificación de Clientes (Empresas): Identificar a las empresas o instituciones públicas que reciben de forma recurrente las boletas de honorarios del demandado.
  3. Orden de Retención Directa: El Juez de Familia despacha un oficio oficial a la empresa cliente del deudor ordenándole retener el monto de alimentos de los honorarios.
  4. Descuento del Porcentaje Decretado: La empresa descuenta de la boleta el valor indicado (ej. 40% del honorario bruto) y lo transfiere a la cuenta judicial de alimentos.
  5. Notificación en Cero: Si el deudor emite boletas a particulares (personas naturales), la empresa cliente habitual no podrá ser obligada si no hay contrato de servicios formal.

Responsabilidad solidaria y multas a las empresas contratantes

Las empresas clientes asumen responsabilidad de retención obligatoria de alimentos:

La sanción de pagar la deuda de alimentos ajena: Si una empresa recibe un oficio del Tribunal de Familia ordenándole realizar la retencion honorarios alimentos de las boletas emitidas por un prestador de servicios independiente, y el departamento de finanzas de la empresa paga el honorario completo al deudor de alimentos ignorando el oficio, la empresa queda constituida en responsabilidad solidaria. Esto significa que la empresa se expone a que el juez de familia ordene el embargo y cobro forzoso del monto de su propia cuenta bancaria corporativa.

Para profundizar en los cobros de trabajadores independientes y retenciones ordinarias, te sugerimos consultar sobre la retención de alimentos a independientes y los pasos de la retención judicial de alimentos general.

La emisión y registros de boletas electrónicas de honorarios se consultan en el portal oficial del Servicio de Impuestos Internos (SII).

¿El deudor de alimentos de tus hijos emite boletas de honorarios y necesitas ordenar la retención de sus pagos?

Solicitamos al SII el historial de boletas del demandado, identificamos a sus empresas clientes y tramitamos los oficios de retención judicial correspondientes de forma digital.


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Preguntas frecuentes sobre Retención de Honorarios

1. ¿Se puede retener la pensión de alimentos de una boleta de honorarios?

Sí, la ley chilena faculta a ordenar a la empresa receptora de la boleta de honorarios que descuente y deposite la pensión de alimentos del deudor independiente.

2. ¿Qué pasa si el independiente emite boletas a personas naturales?

Es difícil de ejecutar. La ley obliga de forma efectiva a retener a personas jurídicas (empresas o instituciones públicas) obligadas a llevar contabilidad completa.

3. ¿La empresa puede negarse a retener los alimentos por no ser el empleador?

No. Aunque no exista un contrato de trabajo laboral, la orden judicial del Juez de Familia es plenamente obligatoria para cualquier empresa cliente.

4. ¿Se exponen a multas las empresas que no cumplan con el oficio de retención?

Sí. La empresa cliente negligente asume responsabilidad solidaria del pago de la pensión y puede ser multada con el pago de la deuda de alimentos.

5. ¿Cómo se notifica el oficio de retención a la empresa cliente del deudor?

Se notifica mediante correo electrónico institucional oficial del tribunal de familia o por conducto de un receptor judicial en las dependencias de la empresa.

6. ¿Qué pasa si el deudor emite boletas de honorarios a través de una sociedad de profesionales?

Se puede demandar el levantamiento del velo corporativo o embargar los retiros de utilidades y derechos sociales que posea el deudor en dicha sociedad.

Contenido meramente formativo. La ejecución de retenciones de honorarios exige contar con el desglose del SII autorizado por el Juez de Familia. Consúltanos para asesorarte.