🧬 El derecho a la identidad no tiene fecha de vencimiento. Ley 19.585.
Abogados expertos en paternidad y ADN

La Verdad es un Derecho:
Reconocimiento de Paternidad 🧬

Establecemos legalmente el vínculo biológico mediante Juicio de Filiación y Prueba de ADN. Asegure los derechos de sus hijos: apellido, pensión de alimentos y herencia.

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Testimonio madre reconocimiento paternidad
⭐⭐⭐⭐⭐
“El padre de mi hija se negaba a reconocerla. El abogado inició el juicio, pidió el ADN y ante la negativa de él, el tribunal lo declaró padre legalmente.”
— Daniela M.

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Servicios de Filiación

🧬 Demanda de Paternidad

Acción judicial para que un padre reconozca legalmente a su hijo, con prueba de ADN obligatoria.

🚫 Impugnación

Juicio para "borrar" una paternidad legal que no corresponde a la realidad biológica.

✍️ Reconocimiento Voluntario

Asesoría y redacción de escritura pública para reconocer a un hijo sin necesidad de juicio.

💰 Derechos Conexos

Junto con la paternidad, demandamos inmediatamente la pensión de alimentos y visitas.

👴 Reclamación Adultos

Representación de hijos mayores de edad que buscan ser reconocidos por su padre biológico.

Preguntas Frecuentes sobre Paternidad

"¿Qué pasa si el supuesto padre se niega a hacerse el ADN?" +
Según la ley chilena (Art. 199 del Código Civil), si la persona citada se niega injustificadamente a realizarse la prueba de ADN ordenada por el juez, el tribunal presumirá legalmente la paternidad. Es decir, la negativa juega en su contra y será declarado padre.
"¿Quién paga la prueba de ADN y cuánto cuesta?" +
El examen se realiza en el Servicio Médico Legal (SML) o laboratorios privados acreditados. Generalmente lo paga quien solicita la prueba, pero si el demandado resulta ser el padre, se le puede condenar a reembolsar el costo. Si cuenta con "Privilegio de Pobreza", el examen en el SML es gratuito.
"Soy mayor de edad, ¿puedo demandar a mi padre biológico?" +
Sí. El derecho a la identidad es imprescriptible. Usted puede iniciar una acción de reclamación de filiación en cualquier momento de su vida, incluso si su padre biológico ya falleció (se coteja ADN con familiares cercanos o exhumación).
"Si se reconoce la paternidad, ¿cambia el apellido del niño?" +
Sí. Al establecerse la filiación paterna, se modifica el certificado de nacimiento. El niño pasará a llevar el apellido del padre, salvo acuerdo distinto según la nueva ley. Revise en el Registro Civil.
"Si gano el juicio de paternidad, ¿puedo pedir pensión?" +
Absolutamente. Una vez establecida la paternidad, nacen todos los derechos y obligaciones, incluyendo la pensión de alimentos y derechos hereditarios. Demandamos alimentos en el mismo proceso o inmediatamente después.
"El supuesto padre murió, ¿puedo reclamar igual?" +
Sí. La demanda se dirige contra los herederos del fallecido. La prueba de ADN se puede realizar con muestras biológicas de los padres o hermanos del difunto, o mediante exhumación si es estrictamente necesario.
"Reconocí a un hijo que no es mío, ¿puedo anularlo?" +
Sí, a través de una acción de Impugnación de Paternidad. Debe probar mediante ADN que no existe vínculo biológico. Tiene un plazo limitado desde que se enteró de la verdad.
"¿Necesito abogado para el juicio de paternidad?" +
Sí. Para comparecer ante los Tribunales de Familia en materias de filiación, la ley exige el patrocinio de un abogado habilitado.
"Si me reconocen, ¿tengo derecho a herencia?" +
Sí. En Chile no hay distinción entre hijos (matrimoniales o no). Al ser reconocido legalmente, usted pasa a ser heredero forzoso con los mismos derechos. Lea más en la Biblioteca del Congreso Nacional.

Familias que encontraron la verdad

Resultados reales de nuestros casos de filiación.
Así opinan nuestros clientes:

"Como padre quería reconocer a mi hijo, pero la madre se oponía. El abogado logró la prueba de ADN y ahora mi hijo lleva mi apellido."

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Roberto C. ★★★★★

"Tenía dudas sobre la paternidad de un niño que reconocí hace años. Hicimos la impugnación con ADN y se aclaró la verdad."

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Esteban L. ★★★★★

"Ya soy mayor y quería reclamar mi derecho a ser hija de mi padre biológico. El proceso fue emotivo pero muy bien llevado."

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María José V. ★★★★★

"Hicimos el reconocimiento voluntario. El abogado redactó la escritura y nos acompañó al Registro Civil. Todo muy rápido."

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Felipe y Carla ★★★★★

"El padre se negaba al examen. El abogado logró que el juez aplicara la presunción y ganamos el juicio. Excelente servicio."

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Lorena S. ★★★★★

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Nota: Los procedimientos de filiación se rigen por la Ley 19.585 y se tramitan en los Tribunales de Familia de todo Chile.