Guía legal · actualizada en octubre de 2026

¿Qué hacer si el padre llega ebrio o bajo drogas a la visita?

La ley chilena faculta de forma inmediata a negar la entrega de un hijo menor si el progenitor que acude a cumplir el régimen de visitas se encuentra bajo evidente intemperancia alcohólica o efectos de estupefacientes. El deber de protección del menor prima absolutamente sobre el cumplimiento del régimen.

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¿Tuviste un incidente grave durante la entrega?

Cuéntanos si dejaste constancia policial y si el régimen está regulado. Te orientamos sin costo para solicitar la suspensión cautelar de visitas.

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Lo esencial

Seis normas imperativas ante riesgo evidente en el régimen de visitas

El artículo 229-2 del Código Civil ampara la negativa legítima frente a peligro del menor.

Facultad legal de negar la entrega

El custodio no comete desacato si rehúsa entregar al niño ante riesgo flagrante a su integridad física o psíquica.

Código Civil, art. 229-2

Llamado y auxilio de Carabineros

Se debe solicitar presencia policial de inmediato para que constate el estado de ebriedad o hálito alcohólico.

Ley 19.968, art. 71

Constancia con número de folio

Registrar la constancia en Carabineros acreditando que la negativa obedeció al estado del visitante.

Ley 16.618, art. 48

Suspensión cautelar de visitas

El juez de familia puede suspender el régimen de plano sin oír previamente al infractor ante prueba indiciaria.

Ley 19.968, art. 71

Exigencia de alcotest y drogas

El tribunal ordena someter al progenitor a pruebas toxicológicas en el Servicio Médico Legal (SML).

Ley 19.968, art. 46

Visitas en centros supervisados

De reanudarse el contacto, se ordena exclusivamente en centros especializados con monitoreo técnico.

Ley 19.968, art. 48

Uno de los momentos más aterradores para un progenitor custodio ocurre en la puerta de su casa cuando el padre o madre visitante llega a buscar a los niños tambaleándose, con hálito alcohólico evidente, ojos extraviados o una actitud agresiva e incoherente producto del consumo de drogas. Surge entonces la disyuntiva: *'¿si no se los entrego, me van a arrestar por desacato al tribunal?'*.

La respuesta del derecho chileno es tajante: el interés superior del niño y su derecho a la vida e integridad física prevalecen sobre cualquier resolución judicial de visitas. El artículo 229-2 del Código Civil y los tribunales de familia respaldan la negativa inmediata a la entrega y sancionan con severidad la exposición de los menores a conductores ebrios o entornos de riesgo.

Emergencia

Protocolo de seguridad en el momento de la entrega

Pasos críticos para resguardar a los menores y evitar acusaciones cruzadas.

Cierre seguro de la vivienda

Mantener a los niños dentro del hogar y no permitir que salgan a la calle ni suban a vehículos conducidos bajo intemperancia.

Código Civil, art. 229-2

Llamar al 133 (Carabineros de Chile)

Solicitar una patrulla de inmediato indicando que una persona en estado de ebriedad intenta llevarse a menores en un vehículo.

Ley 19.968, art. 71

Registro audiovisual preventivo

Grabar en video o audio la interacción desde una distancia prudente para acreditar los signos evidentes de embriaguez.

Ley 19.968, art. 28

Constancia detallada en la comisaría

Pedir que el carabinero registre expresamente los signos de incoherencia, hálito y estado del visitante.

Ley 16.618, art. 48
Alerta vial: Si el visitante llega conduciendo un automóvil en estado de ebriedad, Carabineros debe detenerlo en flagrancia por infracción penal a la Ley Emilia (Ley 20.770 / Ley 18.290 de Tránsito).
Medidas Judiciales

Medidas que debe solicitar tu abogado ante el tribunal

  • Solicitud de suspensión cautelar inmediata del régimen. Pedir al juez que deje sin efecto las visitas mientras dure la investigación toxicológica.
  • Orden de peritaje toxicológico en el SML. Examen de pelo o de orina para determinar consumo habitual de cocaína, marihuana o alcohol.
  • Evaluación del Consejo Técnico del tribunal. Entrevista reservada con el menor para constatar si ha presenciado episodios previos de consumo.
  • Modificación a régimen de visitas supervisadas. Establecer que los futuros encuentros se realicen en salas de visita del tribunal o centros acreditados.
  • Condición de tratamiento de rehabilitación acreditado. Subordinar la reanudación del régimen a que el progenitor culmine exitosamente un programa en SENDA.
  • Medida de protección con prohibición de acercamiento. Si el visitante generó destrozos o amenazas al negarse la entrega, decretar orden de alejamiento.

Actuar con rapidez presentando la constancia en el tribunal dentro de las primeras 48 horas evita que la contraparte intente invertir los hechos alegando obstaculización.

Procedimiento

Paso a paso para tramitar la suspensión judicial de visitas

  1. 1

    Presentar escrito de hecho grave sobreviniente

    El abogado ingresa escrito urgente en la causa del tribunal de familia acompañando la constancia policial.

    Ley 19.968, art. 22
  2. 2

    Decreto de suspensión de plano

    El magistrado acoge la cautelar y suspende el régimen comunicacional con notificación electrónica.

    Ley 19.968, art. 71
  3. 3

    Citación a audiencia especial de medidas

    El tribunal cita a ambas partes y al defensor de la niñez para fijar las pruebas toxicológicas.

    Ley 19.968, art. 60
  4. 4

    Remisión de informes médicos y toxicológicos

    El SML o SENDA remite los resultados de consumo de sustancias psicotrópicas.

    Ley 19.968, art. 46
  5. 5

    Sentencia modificatoria del régimen

    El juez fija visitas bajo supervisión estricta o mantiene la suspensión hasta el alta médica.

    Código Civil, art. 229
Dudas frecuentes

Preguntas habituales sobre visitas y consumo problemático

¿Puedo negarme a entregar a mis hijos si el padre tiene hálito alcohólico pero camina bien?

Sí. Si percibes hálito alcohólico y el progenitor pretende conducir un vehículo o estar a solas con niños pequeños, la prudencia y el artículo 229-2 del Código Civil respaldan no arriesgar la vida del menor. Llama a Carabineros de inmediato.

¿Me pueden demandar por desacato si no se los entregué por estar ebrio?

La contraparte puede intentar presentar una queja, pero si acompañas la constancia de Carabineros, grabaciones o testigos del estado de ebriedad, el juez no aplicará apremios en tu contra y, por el contrario, sancionará al infractor.

¿Qué pasa si el progenitor consume marihuana en presencia de los hijos durante la visita?

Fumar marihuana o consumir cualquier sustancia psicotrópica en presencia de menores de edad constituye una vulneración grave de derechos que amerita la suspensión del régimen y una denuncia por protección infantil.

¿Quién paga el costo de los exámenes de drogas en el SML?

Por regla general, el tribunal de familia ordena los peritajes toxicológicos con gratuidad a través de la red pública de salud o del Servicio Médico Legal.

¿Puede una abuela o tía acudir a buscar al niño en reemplazo del padre ebrio?

No, salvo que el régimen judicialmente aprobado contemple expresamente a dichos terceros como personas autorizadas para el retiro. Si no están en la sentencia, no se les debe entregar al menor.

¿Viviste una situación de riesgo durante el régimen de visitas?

Escríbenos para presentar la solicitud urgente de suspensión cautelar en el tribunal de familia y proteger a tus hijos sin demora.

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