En 2025, la pensión mínima se calcula sobre el Ingreso Mínimo Mensual de $527.500. El piso legal es de $211.000 para un hijo y $158.250 por hijo si son dos o más.
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$211.000
Corresponde al 40% del Ingreso Mínimo Mensual ($527.500).
$158.250 c/u
Corresponde al 30% del Ingreso Mínimo Mensual por cada hijo.
El total a pagar no puede superar la mitad de los ingresos de quien paga.
No. Ese es el **piso mínimo** que la ley establece. Si las necesidades del hijo son mayores y la capacidad económica del padre o madre lo permite, el monto fijado por el tribunal será superior al mínimo.
Sí. El Ingreso Mínimo Mensual se reajustará el 1 de enero de 2025 según la variación del IPC. Esto significa que los montos mínimos también aumentarán en la misma proporción.
El tribunal puede determinar sus ingresos a través de otros medios (boletas, SII, cuentas bancarias, estilo de vida). Si no se pueden acreditar sus ingresos, la ley presume que tiene la capacidad para pagar el monto mínimo.
Es extremadamente raro y solo ocurre en casos muy justificados y probados, donde la capacidad económica del alimentante es muy baja y precaria. La regla general es que no se puede fijar un monto inferior.
Sí, por supuesto. Debe presentar una lista detallada y respaldada de todos los gastos de su hijo. El objetivo del juicio de alimentos es cubrir las necesidades reales y el estándar de vida del niño.
Al momento de la demanda o acuerdo, se debe solicitar que la pensión se fije en UTM o que se establezca un reajuste automático (generalmente anual, según el IPC), lo que evita tener que demandar un aumento cada año.
En el cuidado personal compartido, si los padres tienen capacidades económicas similares, puede que no se fije pensión. Sin embargo, si un padre gana considerablemente más que el otro, sí se puede fijar una pensión para cubrir la brecha y mantener el mismo estándar de vida en ambos hogares.
No. El juez de familia revisará el acta de mediación y no aprobará un acuerdo que fije una pensión por debajo del mínimo legal, salvo que existan razones muy fundadas y justificadas.
Debe solicitar un "aumento de alimentos". El primer paso es citar a una mediación y, si no hay acuerdo, presentar una demanda en el tribunal con el patrocinio de un abogado.
“Me pagaban menos de lo que decía la ley. Me explicaron claramente cuál era el mínimo para 2025 y demandamos. Ahora recibo lo que corresponde y se reajusta solo. Muy agradecida.”
— Francisca A.La primera consulta es gratuita. Analizaremos su caso y le explicaremos cómo calcular la pensión de alimentos y qué monto corresponde solicitar según la ley vigente.
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