La Nulidad del Acuerdo de Unión Civil (AUC): Causales y Efectos
¿Cuáles son las causales y efectos de la nulidad del Acuerdo de Unión Civil (AUC) en Chile?
Conozca los motivos legales contemplados por la Ley 20.830 para invalidar una unión civil y las consecuencias patrimoniales y personales de la sentencia.
El Acuerdo de Unión Civil (AUC), vigente en Chile desde el año 2015 bajo la Ley 20.830, constituye un contrato solemne celebrado entre dos personas con el propósito de compartir una vida en común. Si bien la ley establece mecanismos flexibles para poner término a este acuerdo —tales como la resciliación de mutuo acuerdo ante el Registro Civil o la declaración unilateral otorgada por escritura pública— existe una institución jurídica destinada a invalidar el contrato desde su origen debido a la existencia de vicios graves al momento de su celebración. Nos referimos a la nulidad del acuerdo de unión civil.
La nulidad judicial del AUC es una sanción de ineficacia civil que declara que el contrato nunca existió válidamente, debido a que se omitieron requisitos esenciales exigidos por la ley para su perfeccionamiento. A diferencia del término ordinario del AUC, que produce efectos hacia el futuro, la nulidad declarada por sentencia firme opera con efecto retroactivo, retrotrayendo a los convivientes al estado civil que tenían antes de firmar el acuerdo, aunque con resguardos para el cónyuge o conviviente que actuó de buena fe y para los hijos nacidos durante la unión.
Causales de nulidad del Acuerdo de Unión Civil según la Ley 20.830
Las causales que habilitan para interponer la demanda de nulidad del AUC están contempladas de forma taxativa en el artículo 26 de la Ley 20.830. Estas causales impiden que el contrato nazca a la vida del derecho y son las siguientes:
- Minoría de edad: Celebrar el acuerdo siendo menor de 18 años. La ley chilena exige la mayoría de edad estricta para la celebración del AUC, a diferencia del matrimonio, donde en ciertas condiciones se permitía a menores de edad con consentimiento.
- Falta de consentimiento libre y espontáneo: Ocurre cuando la voluntad de uno o ambos contrayentes está viciada por error acerca de la identidad de la otra persona, o por fuerza física o moral grave que impida actuar libremente.
- Vínculo matrimonial no disuelto o AUC previo vigente: Si uno de los contrayentes ya está legalmente casado o tiene otro Acuerdo de Unión Civil vigente e inscrito que no ha sido disuelto formalmente.
- Parentesco prohibido: Celebrar la unión civil entre ascendientes y descendientes por consanguinidad o afinidad (ej. padres e hijos, suegros y nueras), o entre colaterales de segundo grado (hermanos).
- Incapacidad de discernimiento: Cuando alguno de los contrayentes carece de la privación de razón necesaria o de la salud mental indispensable para comprender el alcance del contrato de unión civil al momento de la firma.
Efectos jurídicos y patrimoniales de la declaración de nulidad
La declaración de nulidad dictada por los Tribunales de Familia tiene consecuencias profundas en las esferas personal y patrimonial de los convivientes:
- Retorno al estado civil anterior: Los exconvivientes civiles recuperan el estado civil de solteros, viudos o divorciados que registraban antes de la firma del contrato.
- Disolución retroactiva de la comunidad: Si habían pactado el régimen de comunidad de bienes, este se disuelve. Los bienes adquiridos durante el acuerdo deberán liquidarse y repartirse, reconociéndose los derechos del conviviente que actuó de buena fe (unión civil reputada putativa).
- Derecho a Compensación Económica: El conviviente civil de buena fe que, debido a la nulidad de la unión, sufra un menoscabo económico y que se dedicó al cuidado de los hijos o a las labores del hogar común, tiene derecho a demandar compensación económica al otro.
- Filiación de los hijos: La nulidad del AUC no afecta de ninguna manera la filiación de los hijos concebidos o nacidos durante la vigencia de la unión, quienes mantienen intactos todos sus derechos filiativos y alimentarios.
Los procesos de disolución y nulidad patrimonial en el derecho familiar chileno guardan estrecha relación con las obligaciones alimenticias existentes. Por ejemplo, la nulidad del AUC puede reconfigurar los ingresos y patrimonios de las partes, repercutiendo directamente sobre el cálculo y retención de la pensión de alimentos en Chile para los hijos comunes.
Asimismo, la anulación de la unión civil altera radicalmente los derechos hereditarios de los exconvivientes. Al extinguirse el estado civil de conviviente civil, se pierde la calidad de heredero legitimario de forma retrospectiva. Si desea resguardar el patrimonio de su pareja de hecho o conviviente fuera de las presunciones del AUC, es imprescindible instruirse sobre el testamento en Chile y cómo hacerlo respetando los límites de la porción de libre disposición legal.
Para revisar el texto íntegro de la Ley 20.830 y verificar el catálogo completo de impedimentos y formalidades vigentes del Acuerdo de Unión Civil, le sugerimos acceder al sitio de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
¿Requiere tramitar la nulidad de un Acuerdo de Unión Civil?
La interposición de una demanda de nulidad ante los Tribunales de Familia exige acreditar fehacientemente causales de alta complejidad técnica, como la fuerza o el error. Complete nuestro formulario de contacto para que un especialista evalúe su situación legal.
Consulte con un Abogado Especialista en AUC
Nuestros abogados expertos le brindarán el patrocinio judicial necesario para entablar demandas de nulidad civil y defender sus derechos patrimoniales.
Enviar mensaje por WhatsAppPreguntas frecuentes sobre la nulidad del AUC
1. ¿Quiénes están legitimados para demandar la nulidad del AUC?
Por regla general, la acción de nulidad corresponde a cualquiera de los convivientes civiles. Sin embargo, si la causal es la existencia de un vínculo matrimonial o unión civil previa vigente, la acción también puede ser ejercida por el cónyuge o conviviente anterior o por sus respectivos herederos.
2. ¿Prescribe la acción para demandar la nulidad del AUC?
La regla general es que la acción de nulidad es imprescriptible. No obstante, si la causal invocada es la minoría de edad o los vicios del consentimiento (error o fuerza), la acción prescribe en el plazo de un año, contado desde que el menor alcanza la mayoría de edad o desde que cesa la fuerza o se descubre el error.
3. ¿Qué diferencia hay entre la nulidad del AUC y el término unilateral ante el Registro Civil?
El término unilateral es un acto administrativo simple que disuelve el AUC hacia el futuro y requiere notificación. La nulidad es un proceso judicial complejo ante los Tribunales de Familia que invalida el contrato desde su origen debido a un vicio legal previo a la celebración.
4. ¿Se puede demandar pensión de alimentos entre convivientes tras la nulidad?
No. El deber recíproco de ayuda y alimentos existe únicamente entre convivientes civiles con un AUC vigente. Al declararse nulo el acuerdo, desaparece retroactivamente el vínculo familiar que justificaba el derecho a alimentos entre ellos, subsistiendo únicamente la compensación económica si correspondiera.
5. ¿Qué ocurre con los bienes adquiridos si la unión civil se declara nula?
Si se pactó comunidad de bienes y se declara la nulidad de buena fe de al menos uno de los convivientes, los bienes comunes se dividen por mitades. Si ambos actuaron de mala fe, no nace la comunidad y cada uno se queda con los bienes que estén registrados a su nombre individual.
6. ¿Es necesario ir a juicio para obtener la nulidad del AUC?
Sí. La nulidad del Acuerdo de Unión Civil es una materia de orden público y de estado civil que no puede ser declarada de mutuo acuerdo ni en notarías. Requiere obligatoriamente un proceso judicial ante un Tribunal de Familia, concluyendo con una sentencia dictada por un juez.
Nota legal: Este artículo tiene fines meramente informativos. Las demandas relativas a la validez y nulidad de los Acuerdos de Unión Civil implican consecuencias patrimoniales severas y requieren la representación obligatoria de un abogado de familia. Contáctenos para una asesoría personalizada.