⚖️ Un cese de convivencia unilateral sin notificación no tiene validez para su divorcio.
Logo Abogado especialista en Notificación de Cese

¿Realizó el Cese? Ahora debe Notificarlo

Si realizó el cese de forma unilateral, el plazo para su divorcio no comienza a correr hasta que su cónyuge es notificado legalmente por un receptor del Tribunal.

💬 Gestione aquí la Notificación

🔒 100% Confidencial · ⏱️ Trámite Esencial

Testimonio sobre notificación de cese
⭐⭐⭐⭐⭐
“Pasaron 4 años y al querer divorciarme, me enteré que el plazo nunca corrió porque no notifiqué. Ellos se encargaron del trámite y por fin pude iniciar mi divorcio.”
— Carla R.

El Trámite que Valida su Separación

+5.000

Notificaciones ✔️

100%

Obligatorio ⚠️

Ley 19.947

Base Legal 📚

¿Necesita Notificar su Cese?

Complete este formulario y un abogado especialista lo contactará para guiarlo en este trámite indispensable para su futuro divorcio.

🔒 Privado y seguro  |  ⏱️ Atención preferencial

Gestión de Notificación

Validamos su separación legalmente.


🔒 Sus datos están protegidos.

El Proceso de Notificación en 4 Pasos

1. Solicitud

Su abogado redacta el escrito legal para solicitar la notificación en el tribunal.

2. Ingreso

Se presenta la solicitud y el acta de cese de convivencia en el Juzgado de Familia.

3. Notificación

El tribunal ordena a un Receptor Judicial que acuda al domicilio del cónyuge.

4. Fecha Cierta

El receptor informa al tribunal y se obtiene la fecha oficial de inicio del cese.

Dudas Frecuentes sobre la Notificación

1. ¿Por qué es obligatoria la notificación?

Porque la ley exige que la otra parte sea informada oficialmente para garantizar el derecho a la defensa y dar certeza jurídica a la fecha de separación.

2. ¿Quién es el Receptor Judicial?

Es un ministro de fe público. Solo su actuación es válida. Las notificaciones por carta certificada o verbales no tienen valor legal.

3. ¿Qué pasa si no tengo la dirección de mi cónyuge?

Su abogado puede pedir al tribunal de familia que oficie a instituciones (SII, AFP, PDI) para encontrar el domicilio actual.

4. Si mi cónyuge se niega a recibir, ¿qué sucede?

El receptor judicial puede dejar el documento a cualquier adulto en la casa o fijar un aviso en la puerta. La notificación será igualmente válida.

5. ¿Cuándo empieza a correr el plazo del divorcio?

Desde la fecha en que el Receptor certifica la notificación en el expediente, no desde la fecha en que usted fue al Registro Civil.

6. Hice el cese hace años pero no notifiqué. ¿Sirve?

Lamentablemente no. El plazo no ha comenzado a correr. Debe realizar la notificación judicial ahora para iniciar el conteo.

7. Si fue de mutuo acuerdo, ¿hay que notificar?

No. Si ambos firmaron el acta, el cese es válido desde esa fecha y no requiere notificación posterior.

8. ¿Puedo notificar si vive en otra ciudad?

Sí. Se envía un "exhorto" al tribunal de esa ciudad para que un receptor local realice la notificación.

Clientes que Validaron su Separación

Testimonio cliente
⭐⭐⭐⭐⭐

“No tenía la dirección de mi ex pareja. Los abogados solicitaron la búsqueda al tribunal, lo encontraron y lo notificaron. Un trámite que parecía imposible lo hicieron ver simple.”

— Francisca A.

Valide su Cese de Convivencia Hoy

La primera consulta es gratuita. Analizaremos su caso y le explicaremos cómo realizar la notificación judicial de forma rápida y segura.

💬 Quiero mi Consulta Gratuita

© 2015 - 2025 | AbogadoDeFamilia.cl

Teléfono: +56 9 5113 2434 | contacto@abogadodefamilia.cl