⚖️ La nueva ley le entrega herramientas efectivas para el cobro de la deuda de pensión. ¡Haga valer los derechos de sus hijos!
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¿Cómo Cobrar una Deuda de Pensión Alimenticia?

El no pago de la pensión de alimentos genera una deuda que puede y debe ser cobrada. La ley actual en Chile entrega herramientas poderosas, como la retención de fondos de AFP, para asegurar el pago de la deuda pension alimenticia.

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Testimonio sobre cobro de deuda de alimentos
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“Me debían años de pensión y creí que era dinero perdido. Con la nueva ley y su asesoría, solicitaron la liquidación y lograron la retención de los fondos de la AFP del deudor. Recuperé toda la deuda para mi hija.”
— Verónica S.

La Ley de Pago Efectivo y sus Consecuencias

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Principales Herramientas para Cobrar la Deuda

1. Liquidación de la Deuda

El primer paso obligatorio: solicitar al tribunal que calcule el monto exacto adeudado.

2. Registro Nacional de Deudores

Inscribir al deudor, lo que conlleva una serie de sanciones económicas y civiles.

3. Retención de Fondos

Solicitar al tribunal que ordene a los bancos y a la AFP del deudor pagar la deuda.

4. Otros Apremios Tradicionales

Retención de impuestos, arraigo nacional y suspensión de licencia de conducir.

Preguntas Frecuentes sobre la Deuda de Alimentos

1. ¿Cuál es el primer paso para cobrar la deuda de pensión de alimentos?

El primer e indispensable paso es solicitar en el tribunal una liquidación de la deuda. Este es el cálculo oficial que determina el monto exacto que se le debe, incluyendo reajustes.

2. ¿La deuda de pensión de alimentos prescribe con el tiempo?

No. La deuda de alimentos es una de las pocas deudas en Chile que no prescribe. Puede ser cobrada en cualquier momento, sin importar cuántos años hayan pasado.

3. ¿Cómo funciona la retención de fondos de la AFP por la deuda?

Una vez que la deuda está liquidada y otros medios de cobro han fallado, su abogado puede solicitar al juez que ordene a la AFP del deudor retirar fondos de su cuenta de ahorro para pagar la deuda de pension alimenticia.

4. ¿Qué es el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos?

Es un registro electrónico a cargo del Registro Civil donde se inscribe a quienes deben 3 mensualidades de pensión continuas o 5 discontinuas. Estar en el registro conlleva graves consecuencias económicas y civiles para el deudor.

5. Mi ex pareja trabaja sin contrato, ¿igual se le puede cobrar la deuda?

Sí. La deuda existe y debe ser pagada independientemente de si tiene o no un trabajo formal. Se pueden perseguir otros bienes, como sus fondos bancarios, vehículos o propiedades.

6. ¿La deuda de alimentos genera intereses?

La deuda se reajusta automáticamente según lo que se haya fijado en la sentencia (generalmente según la variación del IPC o de la UTM), por lo que el monto adeudado siempre se mantiene actualizado.

7. ¿Se puede llegar a un acuerdo de pago por la deuda?

Sí. Es posible llegar a un acuerdo de pago, el cual debe ser presentado al tribunal para su aprobación. Si el deudor cumple el acuerdo, se pueden suspender los apremios, pero si vuelve a fallar, se reactivan.

8. ¿El no pago de la pensión es considerado violencia intrafamiliar?

Sí. El incumplimiento reiterado del pago de la pensión de alimentos es considerado una forma de violencia intrafamiliar en su manifestación económica, y puede tener consecuencias adicionales para el deudor.

9. ¿Necesito un abogado para cobrar una deuda de pension alimenticia?

Sí. Todas las acciones de cobro, como la liquidación y la solicitud de apremios, deben ser presentadas en el tribunal de familia con el patrocinio de un abogado especialista en deuda pension alimenticia.

Familias que Recuperaron lo Adeudado

Testimonio de cliente sobre cobro de deuda
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“Mi ex pareja estaba en el Registro de Deudores y no pagaba. Los abogados solicitaron la retención de sus fondos bancarios y en una semana recibí el pago completo de la deuda.”

— Francisca A.

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