El Derecho a Ser Oído en Chile

¿Cómo influye la opinión de tus hijos en un juicio de familia?

Conoce el alcance legal del **derecho ser oido** en las decisiones sobre tuición, cuidado personal y visitas en Chile.

En el marco del derecho de familia chileno, la opinión de los niños, niñas y adolescentes (NNA) ha pasado de ser un elemento meramente referencial a constituir un pilar fundamental de la justicia moderna. El principio del **derecho ser oido** establece que todo menor de edad tiene la facultad de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afecten, debiendo esta ser tomada en cuenta por el tribunal en función de su edad y grado de madurez.

Este derecho está consagrado en tratados internacionales suscritos por Chile, como la Convención sobre los Derechos del Niño, y se encuentra expresamente reforzado por la Ley N° 21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia. En la práctica judicial chilena, este principio se materializa en la denominada “audiencia confidencial” o “audiencia reservada” con el juez de familia.

Cómo funciona el derecho ser oido en la práctica judicial

El ejercicio de este derecho cuenta con salvaguardas especiales para proteger la salud mental de los niños durante el juicio:

  1. Audiencia reservada o confidencial: Se realiza en un espacio adecuado dentro del Tribunal de Familia, sin la presencia física de los padres ni de sus abogados.
  2. Presencia de un Curador Ad Litem: El menor es asistido por un abogado defensor de sus derechos, quien lo prepara para la instancia.
  3. Evaluación de madurez: El juez evalúa la capacidad del niño para emitir un juicio propio, no existiendo una edad mínima estricta para ser escuchado.
  4. Sin obligación de declarar: Es un derecho, no un deber. Si el niño decide no hablar o no asistir, el tribunal no puede forzarlo.
  5. Ponderación del juez: El juez debe explicar detalladamente en la sentencia cómo valoró la opinión del menor al tomar la decisión.

Diferencia entre la opinión del menor y la decisión final

Es fundamental aclarar que el **derecho ser oido** no significa que el niño decida con cuál de los padres se quedará de manera vinculante. La opinión del menor es un antecedente clave que el juez debe ponderar junto con los informes de los consejeros técnicos, peritajes psicológicos y pruebas documentales. Si el menor expresa el deseo de vivir con un progenitor que presenta inhabilidad parental o conductas de riesgo, el juez priorizará el Interés Superior del Niño y resolverá en resguardo de su integridad, debiendo justificar por qué se apartó del deseo expresado por el menor.

Para profundizar en los juicios donde comúnmente se aplica esta audiencia, puedes leer sobre el Cuidado Personal Compartido en Chile: Derechos y Requisitos y revisar nuestra guía sobre la Relación Directa y Regular en Chile: Guía sobre el Régimen de Visitas.

Para obtener más información sobre el funcionamiento administrativo de las audiencias, se puede consultar el portal oficial del Poder Judicial de Chile (PJUD).

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Preguntas Frecuentes sobre el derecho a ser oído

¿A qué edad puede un niño ejercer su derecho ser oido en tribunales?

No existe una edad mínima legal establecida. La ley señala que debe hacerse en función de su edad y madurez. En la práctica, los tribunales suelen realizar audiencias desde los 5 o 6 años, adaptando la conversación a su nivel cognitivo.

¿Están los padres presentes en la audiencia reservada del niño?

No. Para evitar presiones o manipulación del menor, la audiencia es estrictamente privada entre el juez, el consejero técnico del tribunal y el menor, usualmente acompañado de su Curador Ad Litem.

¿Qué pasa si el menor se niega a hablar con el juez?

Se respeta absolutamente su voluntad. Al ser un derecho y no una obligación, la negativa a declarar no genera ninguna consecuencia negativa para el menor ni para el juicio.

¿Se graba la audiencia reservada de familia?

Sí, la audiencia se graba para registro interno del tribunal, pero el acceso a dicho audio está estrictamente restringido y requiere autorización judicial especial para proteger la intimidad del menor.

¿Puede el juez fallar en contra de la voluntad expresa del menor?

Sí. Si el juez determina que el deseo del menor choca con su propio bienestar (por ejemplo, debido a manipulación parental o negligencia), el juez resolverá según el Interés Superior del Niño.

¿Qué rol cumple el Curador Ad Litem en esta instancia?

El Curador Ad Litem es un abogado designado por el tribunal para representar de forma independiente los intereses del menor, asegurándose de que entienda el proceso y de que su opinión sea expuesta fielmente.