Cuidado Personal y Acuerdo de Unión Civil en Chile

¿Cómo se regula el cuidado de los hijos tras disolver un AUC?

Conoce las reglas de determinación de la tuición y el **cuidado conviviente civil** regulado por la Ley N° 20.830 en Chile.

La Ley N° 20.830 sobre Acuerdo de Unión Civil (AUC) representó un hito en la protección de las parejas que conviven sin estar casadas, reconociendo el estado civil de conviviente civil. Sin embargo, al momento de disolver el AUC por mutuo acuerdo o de forma unilateral, surge la interrogante sobre cómo se regula el **cuidado conviviente civil** respecto de los hijos comunes o de los hijos de solo uno de los miembros de la pareja.

El ordenamiento jurídico chileno aplica principios de protección integral e igualdad ante la ley, asegurando que el término de la unión civil no afecte los derechos parentales de los convivientes ni el interés superior del niño.

Reglas para regular el cuidado conviviente civil tras la separación

El término de la convivencia civil exige regular las relaciones filiativas bajo las siguientes pautas:

  1. Cuidado Personal de hijos comunes: Aplica la regla general del Código Civil. Ambos convivientes mantienen la patria potestad y pueden acordar cuidado compartido.
  2. Derecho preferente de la madre/padre biológico: Si el hijo pertenece solo a uno de los convivientes civiles, este mantiene por ley el cuidado personal exclusivo.
  3. Derechos de relación directa para el no progenitor: El conviviente civil no progenitor puede demandar un régimen de visitas si formó un lazo afectivo fuerte con el menor.
  4. Alimentos a favor del menor: Ambos convivientes que consten como progenitores legales en el Registro Civil están obligados al pago de pensión alimenticia.
  5. Cuidado provisorio por inhabilidad: Un conviviente civil no consanguíneo puede solicitar judicialmente la custodia si el padre biológico presenta inhabilidades graves.

La relación afectiva del conviviente no biológico

Una particularidad en el **cuidado conviviente civil** ocurre cuando la pareja ha criado de forma conjunta a un menor de edad que es hijo biológico de solo uno de ellos. Si el AUC se disuelve y se produce un quiebre total de la relación familiar, el conviviente civil no biológico que participó activamente en la crianza y mantención del menor tiene derecho a solicitar un régimen de relación directa y regular (visitas). Los Tribunales de Familia chilenos priorizan la estabilidad emocional del niño, otorgando este derecho si se demuestra que la separación del conviviente civil le causa menoscabo psicológico.

Para profundizar en los derechos de las parejas bajo este contrato, puedes revisar nuestra guía del Acuerdo de Unión Civil (AUC) en Chile y conocer más sobre el Cuidado Personal Compartido en Chile.

Las actas de celebración e inscripciones de uniones civiles se solicitan ante el Servicio de Registro Civil e Identificación.

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Preguntas Frecuentes sobre cuidado en la unión civil

¿Qué es el cuidado conviviente civil en la ley de unión civil?

Es la denominación legal de la tuición o custodia de los hijos menores de edad ejercida por las personas unidas bajo el Acuerdo de Unión Civil (AUC).

¿Existe comaternidad o copaternidad en el Acuerdo de Unión Civil?

Sí. Tras las reformas legales chilenas, las parejas unidas por AUC del mismo sexo pueden registrar la comaternidad o copaternidad de sus hijos en común.

¿Tiene el conviviente civil derecho a pedir pensión de alimentos?

A diferencia del matrimonio, el término de la unión civil no genera la obligación legal de compensación económica de forma ordinaria, a menos que exista menoscabo grave.

¿Qué pasa con el cuidado del hijo si el padre biológico fallece y estábamos en AUC?

El conviviente civil sobreviviente puede solicitar el cuidado personal del menor de edad fundado en el cese de cuidados familiares previos ante el Juzgado de Familia.

¿Cómo se tramita la disolución del Acuerdo de Unión Civil?

Se disuelve de mutuo acuerdo mediante escritura pública ratificada en el Registro Civil, o bien por demanda unilateral notificada judicialmente.

¿Es obligatoria la mediación familiar para regular las visitas en el AUC?

Sí. Todo conflicto derivado de la tuición, relación directa y regular (visitas) o pensión de alimentos en el AUC debe someterse a mediación obligatoria antes del juicio.