En Chile el cese de pension de alimentos, el deber de proveer manutención a los hijos recae en el progenitor que no posee su custodia. Esta responsabilidad incluye asegurar su alimentación, educación y necesidades básicas. No obstante, existen condiciones específicas bajo las cuales este compromiso puede ser revocado mediante procedimientos legales en los tribunales de familia.
Dicha situación puede ser fuente de conflictos entre las partes implicadas, siendo fundamental entender el funcionamiento del proceso legal en Chile y los criterios necesarios para solicitar la terminación de la obligación de manutención.
¿En qué consiste el cese de la pensión de alimentos? La terminación de la pensión alimenticia es un procedimiento jurídico que habilita a un individuo a cesar el pago de la manutención a sus hijos.
Esta pensión es un derecho de los hijos que garantiza su calidad de vida y bienestar.
No obstante, bajo ciertas circunstancias, se puede pedir la finalización de la obligación alimentaria para interrumpir el pago de esta pensión
¿En qué situaciones es viable solicitar el término de la pensión alimenticia? Se puede requerir el fin de la pensión alimenticia en los siguientes casos:
- Al alcanzar los hijos los 21 años, edad máxima establecida para beneficiarse de este derecho.
- Este periodo puede prolongarse hasta los 28 años si los hijos están cursando estudios superiores o aprendiendo un oficio. No obstante, si los hijos padecen alguna discapacidad que les impida autosustentarse, esta limitación de edad no se aplica.
- Si ocurre el fallecimiento del beneficiario de la pensión, es decir, el hijo que recibía este apoyo.
- En la eventualidad de que el beneficiario esté trabajando y pueda mantenerse por sus propios medios.
- Si el beneficiario contrae matrimonio, ya que la responsabilidad alimentaria pasa a su pareja.
- En situaciones donde se demuestre que el beneficiario cuenta con los recursos suficientes para subsistir independientemente.
- Cuando se modifica la custodia del hijo a través de un proceso legal, obligando al progenitor que no tiene la custodia a pagar la pensión.
- En el caso de que el beneficiario cometa una ‘injuria atroz’, lo que incluye actos de violencia grave contra quien provee la pensión o sus bienes.