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  • Cómo Solicitar el Cese de Pensión de Alimentos con Deuda: Guía Completa

    Cómo Solicitar el Cese de Pensión de Alimentos con Deuda: Guía Completa

    ⚖️ Para solicitar el cese de alimentos, es un requisito fundamental no tener deudas pendientes.
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    Cese de Pensión de Alimentos con Deuda: ¿Es Posible? ⚠️

    Muchos padres cumplen los requisitos para el cese de alimentos, pero no pueden solicitarlo por tener una deuda pendiente. Es crucial entender que para pedir el cese de pensión de alimentos con deuda, primero debe pagar o pactar un acuerdo de pago.

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    Testimonio sobre cese de alimentos con deuda

    ⭐⭐⭐⭐⭐
    “Mi hijo ya era mayor de edad, pero yo tenía una deuda antigua. El abogado me ayudó a firmar un acuerdo de pago con mi hijo, y una vez que el tribunal lo aprobó, pudimos tramitar el cese de la pensión. Fue la única forma.”
    — Felipe M.

    El Requisito Clave: Ponerse al Día

    Deuda

    Debe estar pagada o con acuerdo ✔️

    Buena Fe

    Es un requisito exigido por el tribunal 😊

    Sentencia

    Es la única forma de terminar la obligación 📚

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    El Camino Correcto para Solicitar el Cese con Deuda

    💰 Paso 1: Pagar o Pactar la Deuda

    Abonar la totalidad de la deuda o firmar un acuerdo de pago que sea aprobado por el tribunal.

    ⚖️ Paso 2: Solicitar el Cese

    Una vez regularizada la deuda, se presenta la demanda de cese de alimentos en el tribunal.

    📜 Acreditar la Causal de Cese

    Probar que su hijo/a ya cumplió la edad legal (21 o 28 años) o puede sustentarse por sí mismo.

    ❌ Lo que NO Debe Hacer

    Nunca deje de pagar la pensión actual para abonar a la deuda antigua. Esto solo incrementará el monto total adeudado.

    Preguntas Cruciales sobre Deuda y Cese de Alimentos

    1. ¿Puede un juez aprobar el cese de pensión de alimentos si tengo una deuda?

    No. La jurisprudencia y la práctica de los tribunales de familia es unánime: no se puede solicitar el cese de la obligación futura si no se ha cumplido con la obligación pasada. Primero se debe regularizar la deuda de pensión alimenticia.

    2. ¿Qué es un “acuerdo de pago” y cómo se formaliza?

    Es un acuerdo legal entre usted y el alimentario (su hijo/a mayor de edad) donde se establecen cuotas para pagar la deuda antigua. Este acuerdo debe ser presentado por un abogado y aprobado por el juez para tener validez.

    3. Si hago un acuerdo de pago, ¿puedo pedir el cese de inmediato?

    Sí. Una vez que el acuerdo de pago es aprobado por el tribunal, usted ya demuestra su voluntad de cumplir (“buena fe”) y queda habilitado para presentar la demanda de cese de pensión de alimentos.

    4. Mi hijo cumplió 28 años pero tengo deuda. ¿La obligación no termina automáticamente?

    No. Ninguna causal de cese es automática. Siempre se requiere una sentencia judicial que declare terminada la obligación. Y para obtener esa sentencia, no puede tener una deuda de pensión alimenticia.

    5. ¿La deuda de pensión de alimentos prescribe?

    No. La deuda de alimentos es una de las pocas deudas en Chile que no prescribe. Puede ser cobrada en cualquier momento, sin importar cuántos años hayan pasado.

    6. ¿Qué pasa si dejo de pagar la pensión actual para pagar la deuda antigua?

    Es un grave error. La obligación actual sigue vigente y al no pagarla, solo estará generando una nueva deuda. Esto puede llevar a que se soliciten apremios en su contra.

    7. ¿Puedo usar los fondos de mi AFP para pagar la deuda y así poder pedir el cese?

    No directamente. Quien puede solicitar el pago con fondos de AFP es la parte demandante (a quien se le debe). Usted no puede solicitar un “auto-retiro” para pagar la deuda. Sin embargo, puede ser parte de una negociación con la otra parte.

    8. ¿Necesito un abogado para ambos trámites (acuerdo de pago y cese)?

    Sí. Tanto la presentación de un acuerdo de pago como la demanda de cese de pensión de alimentos con deuda son gestiones judiciales que requieren obligatoriamente el patrocinio de un abogado.

    9. ¿Qué pasa si mi hijo está de acuerdo con que deje de pagar a pesar de la deuda?

    Aunque su hijo esté de acuerdo, ese pacto debe formalizarse. Se puede firmar un acuerdo de pago y una solicitud de cese, ambos de mutuo acuerdo, y presentarlos al tribunal. Un acuerdo verbal no lo protegerá de futuras cobranzas.

    👨‍👩‍👧‍👦 Clientes que Regularizaron su Situación

    Testimonio de cliente sobre cese de pensión con deuda

    ⭐⭐⭐⭐⭐

    “Tenía una deuda antigua y mi hijo ya no estudiaba. El abogado me ayudó a negociar un plan de pago. Una vez aprobado, presentamos el cese y todo se solucionó.”

    — David R.

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