.exp a{color:#1b5e9b}.exp a:hover{color:#0d2b4e}

Acuerdo de Unión Civil en Chile: Requisitos, Documentos y Cómo Celebrarlo

¿Quieres formalizar tu relación de pareja con un acuerdo de unión civil y no sabes cómo hacerlo?

El acuerdo de unión civil es un contrato solemne celebrado ante el Registro Civil que permite a dos personas, del mismo o de distinto sexo, formalizar su relación de convivencia con efectos jurídicos, derechos y obligaciones similares a los del matrimonio pero con diferencias importantes. Te explicamos todo lo que necesitas saber para celebrar tu AUC.

El Acuerdo de Unión Civil (AUC) fue creado en Chile por la Ley 20.830, promulgada en 2015, como una institución jurídica que permite regular los efectos de la vida en común de dos personas que conviven. A diferencia del matrimonio, el acuerdo de unión civil no modifica el estado civil de los convivientes, quienes mantienen su estado de solteros, viudos o divorciados según corresponda. Sin embargo, el AUC genera importantes derechos y obligaciones entre los convivientes civiles en materia patrimonial, de alimentos y de herencia.

El acuerdo de unión civil es una excelente alternativa para parejas que desean otorgar certeza jurídica a su convivencia sin contraer matrimonio, o para aquellas que por razones personales o culturales prefieren esta figura. Desde la entrada en vigencia de la Ley 21.400 sobre matrimonio igualitario, las parejas del mismo sexo pueden optar tanto por el matrimonio como por el AUC, según sus preferencias. El trámite es sencillo, se realiza ante el Registro Civil y requiere el cumplimiento de ciertos requisitos y la presentación de documentos específicos.

Requisitos para celebrar un acuerdo de unión civil en Chile

La Ley 20.830 establece requisitos claros que deben cumplir los futuros convivientes civiles para poder celebrar válidamente un acuerdo de unión civil. El incumplimiento de cualquiera de ellos puede acarrear la nulidad del acuerdo.

  1. Ser mayores de edad: Ambos contrayentes deben tener al menos 18 años cumplidos al momento de celebrar el AUC. No se permite la celebración del acuerdo por menores de edad, a diferencia del matrimonio que en casos excepcionales puede autorizarse desde los 16 años.
  2. No tener vínculo matrimonial o AUC vigente: Ninguno de los contrayentes puede estar casado ni tener un acuerdo de unión civil vigente con otra persona. Si alguno es divorciado o viudo, debe acreditar el término de su vínculo anterior. Si tuvo un AUC anterior, debe estar disuelto.
  3. No ser parientes cercanos: Los contrayentes no pueden ser ascendientes y descendientes por consanguinidad o afinidad, ni hermanos entre sí. La ley prohíbe el AUC entre parientes en línea recta o colateral de segundo grado.
  4. Consentimiento libre y espontáneo: Ambos deben manifestar su voluntad de celebrar el AUC de forma libre y sin vicios del consentimiento como error, fuerza o dolo. El oficial del Registro Civil debe verificar este requisito en la ceremonia.
  5. Presentar los documentos requeridos: Cédula de identidad vigente de ambos, certificado de nacimiento, y en caso de divorcio o viudez, el certificado correspondiente. Si uno es extranjero, debe presentar pasaporte vigente y certificado de su estado civil apostillado.

Una vez reunidos los documentos, los contrayentes deben concurrir a la oficina del Registro Civil que corresponda a su domicilio para solicitar hora para la celebración del acuerdo de unión civil. El plazo entre la solicitud y la celebración es de aproximadamente 15 días hábiles, durante los cuales se publica un extracto de la solicitud para permitir eventuales oposiciones de terceros que aleguen algún impedimento legal.

Efectos jurídicos del acuerdo de unión civil

Al celebrar un acuerdo de unión civil, los convivientes adquieren importantes derechos y obligaciones recíprocos. En materia patrimonial, a menos que pacten separación total de bienes, quedan sujetos al régimen de comunidad de bienes. Los convivientes civiles se deben alimentos recíprocamente durante la vigencia del AUC y pueden tener derecho a compensación económica al término. En materia sucesoria, el conviviente civil es heredero forzoso del otro, ocupando un lugar similar al del cónyuge. Para más información sobre este aspecto, te recomendamos leer nuestro artículo sobre los derechos hereditarios del conviviente civil en Chile.

¿Cuál es la diferencia entre el AUC y el matrimonio?: Aunque comparten muchos efectos jurídicos similares, existen diferencias importantes: el AUC no cambia el estado civil (sigues siendo soltero), no permite la adopción conjunta de hijos, y los derechos previsionales y de salud no se extienden automáticamente al conviviente civil como sí ocurre con el cónyuge. Además, el AUC puede terminarse de forma unilateral con mayor facilidad que el matrimonio. Sin embargo, en aspectos como la protección de la vivienda familiar, la comunidad de bienes y los derechos hereditarios, el AUC proporciona una protección muy similar a la del matrimonio.

Si deseas conocer más sobre cómo poner fin al acuerdo de unión civil, te invitamos a leer nuestro artículo sobre el término del acuerdo de unión civil en Chile. También te recomendamos nuestra guía sobre los derechos hereditarios del conviviente civil para entender qué sucede si uno de los convivientes fallece. Para información oficial, consulta el sitio del Registro Civil de Chile.

¿Quieres celebrar un acuerdo de unión civil?

En nuestro estudio jurídico te asesoramos en todo el proceso, desde la preparación de los documentos hasta la elección del régimen patrimonial más conveniente. Contáctanos para agendar una consulta personalizada.


Habla hoy con un abogado experto en acuerdos de unión civil

Si estás pensando en formalizar tu relación de pareja mediante un AUC, contáctanos ahora. Te guiamos en cada paso del proceso para que puedas celebrar tu acuerdo sin contratiempos.

Escríbenos a WhatsApp

Preguntas frecuentes sobre el acuerdo de unión civil

1. ¿Puedo celebrar un AUC si soy extranjero?

Sí, los extranjeros pueden celebrar un acuerdo de unión civil en Chile presentando su pasaporte vigente y un certificado de estado civil apostillado y traducido. No se requiere residencia definitiva. Sin embargo, si uno de los contrayentes es chileno y el otro extranjero, se recomienda verificar que el AUC será reconocido en el país de origen del extranjero.

2. ¿Cuánto cuesta celebrar un acuerdo de unión civil?

El trámite en el Registro Civil tiene un costo variable según la oficina y los aranceles vigentes, generalmente entre $5.000 y $15.000 pesos chilenos. Si se desea pactar separación total de bienes mediante escritura pública ante notario, este trámite tiene un costo adicional que varía según la notaría.

3. ¿Puedo celebrar un AUC si tengo hijos de una relación anterior?

Sí, el hecho de tener hijos de relaciones anteriores no es impedimento para celebrar un acuerdo de unión civil. Sin embargo, el AUC no genera filiación entre el conviviente civil y los hijos del otro, por lo que no existe un vínculo legal automático de parentesco entre ellos.

4. ¿El AUC da derecho a pensión de viudez?

A diferencia del matrimonio, el AUC no otorga automáticamente derecho a pensión de viudez en el sistema previsional chileno. Para acceder a este beneficio, el conviviente civil debe cumplir requisitos adicionales y solicitar el reconocimiento ante la AFP o compañía de seguros correspondiente, lo que no siempre es concedido.

5. ¿Se necesita un abogado para celebrar un AUC?

No es obligatorio contar con un abogado para celebrar el acuerdo de unión civil, ya que el trámite se realiza directamente ante el Registro Civil. Sin embargo, es recomendable asesorarse con un abogado antes de celebrarlo, especialmente para elegir el régimen de bienes y entender los efectos patrimoniales y sucesorios del AUC.

6. ¿Puedo terminar el AUC unilateralmente?

Sí, el acuerdo de unión civil puede terminarse de forma unilateral por voluntad de uno solo de los convivientes, sin necesidad de contar con el consentimiento del otro. Este trámite se realiza mediante escritura pública o declaración ante el Registro Civil. Para más detalles, revisa nuestro artículo sobre el término del acuerdo de unión civil.

Contenido meramente informativo y no constituye asesoría legal. Los requisitos y procedimientos pueden variar según cada caso. Consúltanos para recibir orientación personalizada sobre tu situación.