Violencia Intrafamiliar (VIF) en Tribunales de Familia: Cómo Denunciar y Medidas de Protección

¿Víctima de violencia intrafamiliar? Aprende cómo actuar y protegerte legalmente

El tribunal de familia en Chile brinda protección inmediata decretando el abandono del hogar del agresor y prohibiciones de acercamiento.

La **Violencia Intrafamiliar (VIF)** es una grave transgresión a los derechos fundamentales que afecta la salud física, psíquica y la dignidad de los integrantes del grupo familiar. En la legislación chilena, dependiendo de la gravedad de los hechos (lesiones, amenazas graves o violencia habitual), el caso puede tramitarse en sede penal (Fiscalía) o en sede civil ante los **Tribunales de Familia**. Si tú o tus hijos sufren de maltrato psicológico, físico, económico o amenazas en el hogar, es vital conocer cómo denunciar de forma segura y cómo solicitar medidas cautelares de protección urgentes. Te explicamos el proceso.

¿Qué se considera Violencia Intrafamiliar en Chile?

De acuerdo con la Ley N° 20.066, la VIF comprende todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga la calidad de cónyuge, conviviente, ex cónyuge, ex conviviente, pariente consanguíneo, o progenitor de un hijo común. Se clasifica principalmente en:

  1. Violencia Física: Golpes, empujones, tirones de pelo o agresiones que dejen o no marcas corporales y lesiones visibles.
  2. Violencia Psicológica: Insultos reiterados, humillaciones, desvalorizaciones, gritos y conductas destinadas a controlar o atemorizar a la víctima.
  3. Violencia Económica o Patrimonial: Limitar el acceso al dinero, controlar los ingresos de la pareja, destruir pertenencias o impedir trabajar de forma independiente para generar dependencia.

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Medidas cautelares de protección decretadas por el juez

Al recibir una denuncia de VIF, la principal prioridad del juez de familia es resguardar la vida y seguridad de la víctima y de sus hijos menores. Para ello, puede dictar de inmediato las siguientes medidas precautorias:

Obligación de abandono del hogar común: Ordenar al agresor salir de forma inmediata de la casa familiar, con auxilio de la fuerza pública (Carabineros) si fuera necesario.
Prohibición de acercamiento: Impedimento legal para aproximarse a la víctima en su hogar, lugar de trabajo, de estudio o en la vía pública, estableciendo un radio de distancia en metros.
Prohibición de tenencia de armas de fuego: Suspensión de permisos de armas y retención de las mismas por la autoridad policial.
Reserva de domicilio: Mantener en estricto secreto la dirección del nuevo domicilio de la víctima para evitar acosos.

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Preguntas frecuentes sobre VIF en Tribunales

¿Dónde se presenta la denuncia por VIF?

La denuncia se puede interponer de forma verbal o escrita ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones (PDI), los Juzgados de Familia o directamente en las oficinas de la Fiscalía local.

¿Qué pasa si el agresor incumple una prohibición de acercamiento?

El quebrantamiento de una medida cautelar por VIF dictada por el juez de familia constituye el delito penal de desacato. La víctima debe llamar a Carabineros de inmediato, procediendo a la detención del agresor para su formalización penal.

¿Cuándo pasa el caso de VIF a la Fiscalía Penal?

Si el maltrato físico causa lesiones (desde leves a graves) o constituye violencia habitual, el tribunal de familia declarará su incompetencia y remitirá los antecedentes al Ministerio Público para abrir una investigación penal.

¿Se requiere abogado para denunciar VIF?

La denuncia inicial se puede realizar sin abogado de forma presencial. Sin embargo, para comparecer a la Audiencia Preparatoria y de Juicio, y para proponer pruebas complejas, contar con un abogado especialista es crucial para obtener sentencias favorables.

Contenido meramente informativo. Ante una situación de peligro inminente para tu integridad física, comunícate de inmediato con Carabineros (133), PDI (134) o al fono de orientación VIF (1455). Confía en Abogados de Familia expertos para tu representación judicial.