Nulidad de Matrimonio en Chile: Cuándo Procede y Diferencias con el Divorcio
Nulidad Matrimonial: Cuándo el matrimonio es declarado inválido desde su origen
La nulidad disuelve el vínculo determinando que el matrimonio nunca existió legalmente debido a un vicio en su celebración.
Aunque el divorcio es el camino más habitual para poner fin a la relación matrimonial en Chile, el derecho civil contempla otra alternativa de carácter excepcional: la Nulidad de Matrimonio. A diferencia del divorcio, que disuelve un vínculo que fue válido, la nulidad actúa como una sanción que invalida el matrimonio desde su origen por haberse celebrado con infracción a requisitos legales solemnes o vicios del consentimiento. Te explicamos sus causales de procedencia y sus diferencias con el divorcio.
Causales legales de la nulidad de matrimonio
En Chile, para demandar la nulidad del matrimonio civil se debe fundar en alguna de las causales taxativas de la Ley de Matrimonio Civil:
- Impedimentos dirimentes (vínculos previos): Matrimonio celebrado existiendo un vínculo matrimonial o acuerdo de unión civil previo y no disuelto legalmente.
- Falta o vicio del consentimiento: Error en la identidad del otro cónyuge, o matrimonio celebrado bajo fuerza o coacción grave física o moral.
- Incompetencia de testigos o del oficial civil: Celebrar el matrimonio ante testigos inhábiles (menos de 2 testigos hábiles) o ante un oficial del Registro Civil sin competencia territorial.
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Diferencia clave con el divorcio
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Preguntas frecuentes sobre la Nulidad
¿Qué es el matrimonio putativo?
Es el matrimonio nulo celebrado con buena fe y justa causa de error por al menos uno de los cónyuges. La ley le reconoce plenos efectos civiles pasados (bienes, filiación) a favor de las partes y de los hijos comunes.
¿Se mantiene la filiación de los hijos comunes tras la nulidad?
Sí. La declaración de nulidad matrimonial no afecta bajo ningún concepto la filiación de los hijos comunes, quienes conservan todos sus derechos legales de alimentos, visitas y herencia.
¿Existe un plazo para demandar la nulidad?
Por regla general, la acción de nulidad no prescribe, salvo causales especiales como minoría de edad o vicios de fuerza, donde el plazo es de 3 años desde que cesó la coacción.
¿Afecta la nulidad el derecho a compensación económica?
Sí. El cónyuge de buena fe que haya sufrido un menoscabo económico por el cuidado de los hijos o del hogar común tiene derecho a solicitar compensación económica dentro del juicio de nulidad.
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