Cese de Pensión de Alimentos: Cómo Extinguir la Obligación Legal en Chile
¿Tus hijos ya terminaron sus estudios o trabajan? Evita deudas injustas
La obligación de pagar pensión no se detiene sola. Debes solicitar el cese formal ante el Tribunal de Familia para extinguir legalmente tu deuda mensual.
Un error sumamente común y financieramente peligroso para los padres que pagan pensión de alimentos (alimentantes) en Chile es suspender los pagos de manera informal cuando el hijo cumple la mayoría de edad, empieza a trabajar o deja de estudiar. En el derecho de familia chileno, toda pensión decretada judicialmente sigue vigente hasta que otro juez ordene lo contrario. Suspender el pago por cuenta propia generará deudas que se acumularán con intereses y pueden gatillar duras sanciones en el Registro Nacional de Deudores.
¿Qué es el cese de pensión de alimentos?
Es el procedimiento legal (de mutuo acuerdo o a través de un juicio) que tiene por objeto declarar extinguida la obligación de proporcionar alimentos a un hijo o beneficiario debido al cumplimiento de la edad límite legal o al cambio en las circunstancias económicas del beneficiario.
Requisitos para solicitar el cese de alimentos
Para interponer la demanda de cese ante el tribunal de familia, se debe acreditar alguna de las siguientes causales de procedencia:
- Cumplimiento de edad límite (21 o 28 años): Demostrar que el hijo cumplió 21 años y no estudia, o bien que cumplió 28 años (límite máximo legal).
- Término o abandono de estudios: Acreditar que el hijo mayor de 21 años egresó de su carrera, fue expulsado o abandonó definitivamente los estudios.
- Independencia económica: Probar que el beneficiario trabaja de forma estable y percibe ingresos suficientes para costear su subsistencia de manera autónoma.
¿Tus hijos ya cumplieron los requisitos para extinguir la pensión de alimentos?
Tramitamos el cese de pensión judicial de forma rápida para evitar retenciones o bloqueos de tus cuentas e inhabilitaciones en el Registro de Deudores.
El peligro del cese de hecho
Si dejas de pagar de mutuo acuerdo con tu hijo de forma puramente verbal, la liquidación en la libreta del banco seguirá calculando mensualmente la pensión. Años después, tu hijo o el otro progenitor podría solicitar la liquidación de la deuda total histórica acumulada, obligándote al pago bajo amenaza de arresto, arraigo o retención de impuestos.
¿Deseas tramitar el cese definitivo de tu pensión alimenticia?
Defendemos tu estabilidad financiera. Te ayudamos a recolectar pruebas y a tramitar el cese de alimentos judicial o por mutuo acuerdo.
Preguntas frecuentes sobre Cese de Alimentos
¿Es obligatoria la mediación familiar previa para demandar el cese?
Sí. Al igual que para solicitar alimentos o rebaja, el trámite de mediación familiar es un requisito de procedibilidad obligatorio antes de interponer la demanda judicial de cese de alimentos ante el Juzgado de Familia.
¿Puedo pedir el cese si mi hijo ya se tituló pero no encuentra trabajo?
Sí. El cese es procedente si el hijo ha culminado sus estudios y adquirido un título profesional o técnico que le capacite para ejercer un oficio. El desempleo posterior no justifica la prolongación indefinida de la pensión.
¿Qué pasa con la deuda acumulada antes de solicitar el cese?
La demanda de cese solo tiene efecto hacia el futuro (desde la notificación de la demanda o resolución). Las deudas devengadas y no pagadas con anterioridad a esa fecha siguen vigentes y deben ser canceladas o pactadas.
¿Se puede pedir el cese si la pensión es para el cónyuge?
Sí. Si la pensión alimenticia fue decretada en favor del cónyuge y este contrae un nuevo matrimonio, inicia una convivencia estable o mejora sustancialmente sus ingresos, el alimentante puede solicitar el cese.
Contenido de carácter meramente informativo. Para extinguir una pensión alimenticia se debe tramitar el proceso legal respectivo ante tribunales. Consulta con un abogado experto de Abogados de Familia para tu defensa.